En la elaboración de las cuentas anuales consolidadas del Grupo correspondientes al ejercicio 2020 se han aplicado los siguientes principios y políticas contables y criterios de valoración:
2.1
Las cuentas anuales consolidadas comprenden, además de los datos correspondientes a la sociedad dominante, la información correspondiente a las entidades dependientes, negocios conjuntos y asociadas. El procedimiento de integración de los elementos patrimoniales de dichas sociedades se realiza en función del tipo de control o influencia que se ejerce sobre las mismas.
El Grupo considera entidades dependientes aquéllas sobre las que se tiene capacidad para ejercer control. Esta capacidad de control se manifiesta cuando:
Generalmente, los derechos de voto proporcionan el poder para dirigir las actividades relevantes de una entidad participada. Para su cómputo se tienen en cuenta todos los derechos de voto, directos e indirectos, incluidos los potenciales como por ejemplo opciones de compra adquiridas sobre instrumentos de capital de la participada. En determinadas situaciones, se puede ostentar el poder para dirigir las actividades sin disponer de la mayoría de los derechos de voto.
En estos casos se valora si de forma unilateral se tiene la capacidad práctica para dirigir sus actividades relevantes (financieras, operativas o las relacionadas con el nombramiento y la remuneración de los órganos de dirección, entre otras).
Las entidades dependientes se consolidan, sin excepciones por razones de su actividad, mediante el método de integración global, que consiste en la agregación de los activos, pasivos y patrimonio neto, ingresos y gastos, de naturaleza similar, que figuran en sus cuentas anuales individuales. El valor en libros de las participaciones, directas e indirectas, en el capital de las entidades dependientes se elimina con la fracción del patrimonio neto de las entidades dependientes que aquéllas representan. El resto de los saldos y transacciones entre las sociedades consolidadas se eliminan en el proceso de consolidación.
La participación de terceros en el patrimonio y los resultados del ejercicio se presenta en el capítulo «Intereses minoritarios (participaciones no dominantes)» del balance y en «Resultado atribuible a intereses minoritarios (participaciones no dominantes)» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
Por lo que respecta a la consolidación de resultados de las entidades dependientes adquiridas en el ejercicio se realiza por el importe del resultado generado desde la fecha de adquisición. Análogamente, los resultados de las entidades dependientes que dejan de serlo en el ejercicio se consolidan por el importe del resultado generado desde el inicio del ejercicio hasta la fecha que se pierde el control.
Las adquisiciones y enajenaciones cuando no implican un cambio de control en la entidad participada se registran como operaciones patrimoniales, no reconociendo pérdida ni ganancia alguna en la cuenta de pérdidas y ganancias. La diferencia entre la contraprestación entregada o recibida y la disminución o aumento de los intereses minoritarios, respectivamente, se reconoce en reservas.
La NIIF 10 establece que cuando se produce la pérdida de control de una entidad dependiente, los activos, pasivos, intereses minoritarios y otras partidas que pudieran estar reconocidas en ajustes por valoración se tienen que dar de baja del balance y se tiene que registrar el valor razonable de la contraprestación recibida así como de cualquier inversión remanente. La diferencia entre ambos valores se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Referente a las aportaciones no monetarias a entidades controladas conjuntamente, el IASB ha reconocido la existencia de un conflicto normativo entre la NIC 27, que establece que en caso de pérdida de control la participación remanente se valore a su valor razonable registrando en la cuenta de pérdidas y ganancias el resultado completo de la operación, y el párrafo 48 de la NIC 31 junto con la interpretación SIC 13, que, para transacciones bajo su alcance, únicamente permite reconocer la parte del resultado atribuible a la participación poseída por el resto de participantes en la entidad controlada conjuntamente. El Grupo ha optado por aplicar de forma consistente a las transacciones bajo el alcance de dichas normas lo establecido por la NIC 27.
El Anexo 1 de esta Memoria facilita información relevante sobre estas entidades. La información corresponde a los últimos datos disponibles reales o estimados en el momento de redactar esta Memoria.
El Grupo considera negocios conjuntos a las entidades sobre las que se tienen acuerdos contractuales de control conjunto, en virtud de los cuales las decisiones sobre las actividades relevantes se toman de forma unánime por las entidades que comparten el control teniendo derecho a sus activos netos.
Las participaciones en negocios conjuntos se valoran por aplicación del método de la participación, es decir, por la fracción del neto patrimonial que representa la participación de cada entidad en su capital una vez considerados los dividendos percibidos de las mismas y otras eliminaciones patrimoniales.
El Anexo 2 de esta Memoria facilita información relevante sobre estas entidades. La información corresponde a los últimos datos disponibles reales o estimados en el momento de redactar esta Memoria.
Las entidades asociadas son aquellas sobre las cuales el Grupo, directa o indirectamente, ejerce influencia significativa y no son entidades dependientes o negocios conjuntos. La influencia significativa se hace patente, en la mayoría de los casos, mediante una participación igual o superior al 20% de los derechos de voto de la entidad participada. Si los derechos de voto son inferiores al 20%, la influencia significativa se evidenciará si se produce alguna de las circunstancias señaladas en la NIC 28. Entre ellas se encuentra el hecho de contar con representación en el consejo de administración, participar en los procesos de fijación de políticas de la participada, la existencia de transacciones de importancia relativa entre la entidad y la participada, el intercambio de personal directivo o el suministro de información técnica esencial.
Excepcionalmente, no tienen la consideración de entidades asociadas aquellas entidades en las que se mantienen derechos de voto en la entidad participada superiores al 20%, pero en las que se puede demostrar claramente que tal influencia no existe, y por tanto, el Grupo carece del poder de intervenir en las políticas financieras y operativas. En base a estos criterios, al cierre del ejercicio, el Grupo mantiene diversas inversiones, de importes poco significativos, con participaciones entre el 20% y el 50% clasificadas en «Activos financieros a valor razonable con cambios en otro resultado global».
Las participaciones en asociadas se valoran por aplicación del método de la participación, es decir, por la fracción del neto patrimonial que representa la participación de cada entidad en su capital una vez considerados los dividendos percibidos de las mismas y otras eliminaciones patrimoniales. En el caso de transacciones con una entidad asociada, los resultados correspondientes se eliminan en el porcentaje de participación del Grupo en su capital.
La amortización de los activos intangibles de vida útil definida identificados como consecuencia de la elaboración de un Purchase price allocation (“PPA”) para la asignación del precio de adquisición pagado se efectúa con cargo al capítulo «Resultados de entidades valoradas por el método de la participación» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
El Grupo no ha utilizado estados financieros de entidades para las cuales se aplica el método de la participación, que se refieran a una fecha diferente de la de la sociedad dominante del Grupo.
El Anexo 3 de esta Memoria facilita información relevante sobre estas entidades. La información corresponde a los últimos datos disponibles reales o estimados en el momento de redactar esta Memoria.
La inversión más representativa en la que se tiene influencia significativa con un porcentaje inferior al 20% es Erste Group Bank AG (Erste, Erste Group Bank o Erste Bank). En este caso existe un acuerdo de socio preferente entre el accionista de control de Erste (la Fundación Erste) y CaixaBank que formaliza el carácter amistoso y la orientación a largo plazo de la inversión, un acuerdo de cooperación empresarial y comercial entre Erste y CaixaBank. Conforme al citado acuerdo, CaixaBank i) tiene derecho a designar dos consejeros en el Consejo de Vigilancia de Erste; ii) vota en la Junta General de Accionistas en el mismo sentido que la Fundación Erste en lo que se refiere únicamente a la elección de miembros del Consejo de Vigilancia y iii) forma parte del grupo de socios estables del banco austriaco, junto a un grupo de cajas austriacas y algunas de sus fundaciones, y el holding WSW, manteniendo conjuntamente una participación de alrededor del 30% del capital.
Una entidad estructurada es aquella que ha sido diseñada de modo que los derechos de voto y otros derechos similares no sean el factor primordial a la hora de decidir su control, por ejemplo en el caso en que los derechos de voto se refieran sólo a tareas administrativas y las actividades relevantes se gestionen a través de acuerdos contractuales. En todo caso, el Grupo utiliza también el porcentaje de derechos de voto como indicador a efectos de valorar la existencia de control en entidades de esta naturaleza.
En aquellos casos en los que el Grupo constituye entidades, o participa de ellas, con el objeto de permitir el acceso a los clientes a determinadas inversiones o para transmitir a terceros algunos riesgos, se analiza si existe control sobre la entidad participada y, por tanto, si ésta debe ser o no objeto de consolidación.
Con el objeto de determinar si sobre una entidad estructurada existe control, y por tanto se debe consolidar en el Grupo, se analizan los derechos contractuales existentes distintos de los derechos de voto. Para ello, se considera el diseño y propósito de cada entidad así como, entre otros, la evidencia de la capacidad para dirigir actividades relevantes, posible existencia de relaciones especiales o la capacidad para influir en el importe de los rendimientos a los que se encuentra expuesto.
En el caso de los fondos de titulización, el Grupo tiene una exposición alta a los rendimientos variables existentes y mantiene el poder de decisión sobre la entidad, bien de forma directa o a través de un agente. La información relativa a dichos fondos, los apoyos financieros otorgados a los vehículos y su motivación figuran detallados en la Nota 28.2.
Al cierre del ejercicio no existen acuerdos de apoyo financiero significativos adicionales a otro tipo de entidades estructuradas consolidadas que las descritas anteriormente.
El Grupo constituye vehículos con el objeto de permitir el acceso a sus clientes a determinadas inversiones o para la transmisión de riesgos u otros fines. Dado que sobre dichos vehículos el Grupo no mantiene el control ni cumple los criterios para su consolidación conforme se definen en la NIIF 10, no se consolidan.
Al cierre del ejercicio, el Grupo no tiene intereses ni ha concedido apoyo financiero a entidades estructuradas no consolidables que sean significativos.
Las normas contables definen las combinaciones de negocios como la unión de dos o más entidades en una única entidad o grupo de entidades siendo la “entidad adquirente” la que, en la fecha de adquisición, asume el control de otra entidad.
Para aquellas combinaciones de negocios en las que el Grupo adquiere el control, se procede a determinar el coste de la combinación, generalmente el valor razonable de la contraprestación transferida. Esta contraprestación estará integrada por los activos entregados, los pasivos asumidos frente a los anteriores propietarios del negocio adquirido y los instrumentos de capital emitidos por la entidad adquirente.
Asimismo se evalúa en la fecha de adquisición la diferencia entre:
La diferencia positiva entre i) y ii) se registra en el epígrafe «Activos intangibles – Fondo de comercio» del balance, siempre que no sea posible la asignación a elementos patrimoniales concretos o activos intangibles identificables de la entidad o negocio adquirido. Si la diferencia es negativa, se registra en el epígrafe «Fondo de comercio negativo reconocido en resultados» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
2.2
A continuación se detallan los criterios establecidos por el marco normativo contable para la clasificación de instrumentos financieros:
Flujos de efectivo contractuales |
Modelo de negocio |
Clasificación de activos financieros (AF) |
|
---|---|---|---|
Pagos, solamente, de principal e intereses sobre el importe de principal pendiente en fechas especificadas (Test SPPI) |
Con objetivo de percibir flujos de efectivo contractuales. |
AF a coste amortizado. |
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Con objetivo de percibir flujos de efectivo contractuales y venta. |
AF a valor razonable con cambios en otro resultado goblal. |
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Otros - No test SPPI |
Instrumentos derivados designados como instrumentos de cobertura contable. |
Derivados - Contabilidad de coberturas |
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Se originan o adquieran con el objetivo de realizarlos a corto plazo. |
AF a valor razonable con cambios en resultados. |
AF mantenidos para negociar. |
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Son parte de un grupo de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente para el que haya evidencia de actuaciones recientes para obtener ganancias a corto plazo. |
|||
Son instrumentos derivados que no cumplen la definición de contrato de garantía financiera ni han sido designados como instrumentos de cobertura contable. |
|||
Resto. |
AF no destinados a negociación valorados obligatoriamente a valor razonable con cambios en resultados. |
Constituye una excepción a los criterios generales de valoración descritos anteriormente las inversiones en instrumentos de patrimonio. Con carácter general el Grupo ejerce la opción en el reconocimiento inicial y de forma irrevocable por incluir en la cartera de activos financieros a valor razonable con cambios en otro resultado global inversiones en instrumentos de patrimonio neto que no se clasifican como mantenidos para negociar y que, en caso de no ejercer dicha opción, se clasificarían como activos financieros obligatoriamente a valor razonable con cambios en resultados.
Respecto a la evaluación del modelo de negocio, este no depende de las intenciones para un instrumento individual, sino que se determina para un conjunto de instrumentos, tomando en consideración la frecuencia, el importe y calendario de las ventas en ejercicios anteriores, los motivos de dichas ventas y las expectativas en relación con las ventas futuras. Las ventas poco frecuentes o poco significativas, aquellas próximas al vencimiento del activo y las motivadas por incrementos del riesgo de crédito de los activos financieros o para gestionar el riesgo de concentración, entre otras, pueden ser compatibles con el modelo de mantener activos para recibir flujos de efectivo contractuales.
Cabe destacar que la realización de ventas de activos financieros mantenidos en la cartera de coste amortizado por un cambio de intención de la Entidad como consecuencia de los efectos de la COVID-19 no se considera como un cambio de modelo de negocio ni supone una reclasificación contable de los títulos mantenidos en esta cartera dado que estos fueron clasificados correctamente en el momento en que se evaluó el modelo de negocio sin ser la crisis global provocada por la COVID-19 un escenario razonablemente posible en ese momento. En el caso en que las ventas realizadas y las que se pudieran realizar, en su caso, durante el periodo asociado a la crisis sean significativas en valor o frecuencia, y en base a las excepciones que contempla el marco normativo, consideramos que estas también serían congruentes con un modelo de negocio de mantener los activos financieros para obtener los flujos de efectivo contractuales, dado que es evidente que las condiciones actuales y los motivos que originan la necesidad de llevar a cabo ventas de activos clasificados en la cartera de coste amortizado son y serán totalmente extraordinarias, transitorias y pueden enmarcarse en un periodo de tiempo identificable.
En particular, la expectativa del Grupo de realizar ventas frecuentes y de carácter significativo de préstamos (o activos financieros similares) que han experimentado un deterioro en el riesgo de crédito no es inconsistente con la clasificación de dichos préstamos bajo el modelo de negocio de mantener los activos financieros para percibir sus flujos de efectivo contractuales. Estas ventas no se computan a efectos de determinar la frecuencia de las ventas y su significancia y quedan, por lo tanto, excluidas de los ratios de seguimiento.
Respecto la evaluación relativa a si los flujos de efectivo de un instrumento son solamente pagos de principal e intereses, el Grupo realiza una serie de juicios cuando evalúa dicho cumplimiento (test SPPI), siendo los más significativos los que se enumeran a continuación:
Activos sin responsabilidad personal (sin recurso): el hecho de que con respecto a un activo financiero no exista responsabilidad personal no implica que éste deba considerarse un activo financiero No SPPI. En estas situaciones, el Grupo evalúa los activos subyacentes o flujos de efectivo para determinar si consisten únicamente en pagos de principal e intereses sobre el principal pendiente, con independencia de la naturaleza de los subyacentes.
En particular, en el caso de operaciones de financiación de proyectos que se reembolsan exclusivamente con los ingresos de los proyectos financiados, el Grupo analiza si los flujos determinados contractualmente como principal e intereses representan efectivamente el pago de principal e intereses sobre el principal pendiente.
En casos en los que una característica de un activo financiero no sea congruente con un acuerdo básico de préstamo, es decir, si existe características del activo que dan lugar a flujos contractuales diferentes a pagos del principal e intereses sobre el principal pendiente, el Grupo evaluará la significatividad y probabilidad de ocurrencia para determinar si dicha característica o elemento se debe tener en consideración en la evaluación del Test SPPI.
Respecto a la significatividad de una característica de un activo financiero, la valoración que el Grupo realiza consiste en estimar el impacto que la misma puede tener sobre los flujos contractuales. El impacto de un elemento no es significativo cuando éste supone una variación en los flujos de efectivo esperados inferior al 5%. Este umbral de tolerancia se determina en base los flujos contractuales esperados sin descontar.
Si la característica de un instrumento pudiera tener un efecto significativo sobre los flujos contractuales, pero esa característica de flujos afecta a los flujos contractuales del instrumento solo en el momento en que ocurre un suceso que es extremadamente excepcional, altamente anómalo y muy improbable que ocurra, el Grupo no tomará en consideración dicha característica o elemento a la hora de evaluar si los flujos de efectivo contractuales del instrumento son únicamente pagos de principal e intereses sobre el principal pendiente.
Los pasivos financieros se clasifican en las siguientes categorías: «Pasivos financieros mantenidos para negociar», «Pasivos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados» y «Pasivos financieros a coste amortizado», excepto que se deban presentar como «Pasivos incluidos en grupos enajenables de elementos que se han clasificado como mantenidos para la venta» o correspondan a «Cambios del valor razonable de los elementos cubiertos de una cartera con cobertura de riesgo de interés» o «Derivados – contabilidad de coberturas», que se presentan de forma independiente.
Particularmente, en la cartera de «Pasivos financieros a coste amortizado»: se registran los pasivos financieros que no se han clasificado como mantenidos para negociar o como otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados. Los saldos que se registran en esta categoría responden a la actividad típica de captación de fondos de las entidades de crédito, independientemente de su forma de instrumentalización y su plazo de vencimiento.
En el momento de su reconocimiento inicial todos los instrumentos financieros se registran por su valor razonable. Para los instrumentos financieros que no se registren a valor razonable con cambios en resultados, el importe del valor razonable se ajusta añadiendo o deduciendo los costes de transacción directamente atribuibles a su adquisición o emisión. En el caso de los instrumentos financieros a valor razonable con cambios en resultados, los costes de transacción directamente atribuibles se reconocen inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Los costes de transacción se definen como gastos directamente atribuibles a la adquisición o disposición de un activo financiero, o a la emisión o asunción de un pasivo financiero, en los que no se habría incurrido si el Grupo no hubiese realizado la transacción. Entre ellos se incluyen las comisiones pagadas a intermediarios (como las de prescriptores); los gastos de formalización hipotecaria a cargo del Grupo y parte de los gastos de personal de los Centros de Admisión de Riesgos. En ningún caso se consideran como costes de transacción los gastos administrativos internos, ni los gastos derivados de estudios y análisis previos.
El Grupo identifica a través de herramientas de contabilidad analítica los costes de transacción directos e incrementales de las operaciones de activo. Estos costes se incluyen en la determinación del tipo de interés efectivo, minorándolo para los activos financieros, por lo que se periodifican a lo largo de la duración de la operación.
Tras su reconocimiento inicial, el Grupo valora un activo financiero a coste amortizado, a valor razonable con cambios en otro resultado global o a valor razonable con cambios en resultados.
Las partidas a cobrar por operaciones comerciales que no tienen un componente significativo de financiación y los créditos comerciales e instrumentos de deuda a corto plazo que se valoran inicialmente por el precio de la transacción o su principal, respectivamente, se continúan valorando por dicho importe menos la corrección de valor por deterioro estimada conforme se describe en la Nota 2.7.
En relación a las compras y ventas convencionales de instrumentos de renta fija y renta variable, estas se registran con carácter general a la fecha de liquidación.
Los ingresos y gastos de los instrumentos financieros se reconocen con los siguientes criterios:
Cartera |
Reconocimiento de ingresos y gastos |
|
---|---|---|
Activos financieros |
A coste amortizado |
Intereses devengados: en la cuenta de pérdidas y ganancias con el tipo de interés efectivo de la operación sobre el importe en libros bruto de la operación (excepto en el caso de activos dudosos que se aplica sobre el valor neto contable). Resto de cambios de valor: ingreso o gasto cuando el instrumento financiero cause baja del balance, se reclasifique o se produzcan pérdidas por deterioro de valor o ganancias por su posterior recuperación. |
A valor razonable con cambios en resultados |
Cambios de valor razonable: los cambios de valor razonable se registran directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias, distinguiendo, para los intrumentos que no sean derivados, entre la parte atribuible a los rendimientos devengados del instrumento, que se registrará como intereses o como dividendos según su naturaleza, y el resto, que se registrará como resultados de operaciones financieras en la partida que corresponda. Intereses devengados: correspondientes a los instrumentos de deuda se calculan aplicando el método del tipo de interés efectivo. |
|
A valor razonable con cambios en otro resultado global (*) |
Intereses o dividendos devengados, en la cuenta de pérdidas y ganancias. Los intereses, igual que los activos a coste amortizado. Las diferencias de cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando son activos financieros monetarios y en otro resultado global cuando se trate de activos financieros no monetarios. Los instrumentos de deuda, las pérdidas por deterioro de valor o las ganancias para posterior recuperación en la cuenta de pérdidas y ganancias. Los restantes cambios de valor se reconocen en otro resultado global. |
|
Pasivos financieros |
A coste amortizado |
Intereses devengados: en la cuenta de pérdidas y ganancias con el tipo de interés efectivo de la operación sobre el importe en libros bruto de la operación, excepto en el caso de las emisiones Tier1, que se reconocen los cupones discrecionales en reservas. Resto de cambios de valor: ingreso o gasto cuando el instrumento financiero cause baja del balance o se reclasifique. |
A valor razonable con cambios en resultados |
Cambios de valor razonable: cambios de valor de un pasivo financiero designado a valor razonable con cambios en resultados, en el caso de aplicar, de la forma siguiente: a) El importe del cambio en el valor razonable del pasivo financiero atribuible a cambios en el riesgo de crédito propio de ese pasivo se reconoce en otro resultado global, que se transferiría directamente a una partida de reservas si se produjera la baja de dicho pasivo financiero, y b) el importe restante del cambio en el valor razonable del pasivo se reconoce en el resultado del ejercicio. Intereses devengados: correspondientes a los instrumentos de deuda se calculan aplicando el método del tipo de interés efectivo. |
(*) De este modo, cuando un instrumento de deuda se valora a valor razonable con cambios en otro resultado global, los importes que se reconocerán en el resultado del ejercicio serán los mismos que se reconocerían si se valorase a coste amortizado.
Cuando un instrumento de deuda a valor razonable con cambios en otro resultado global se da de baja del balance, la pérdida o ganancia acumulada en el patrimonio neto se reclasifica pasando al resultado del periodo. En cambio, cuando un instrumento de patrimonio neto a valor razonable con cambios en otro resultado global se da de baja del balance, el importe de la pérdida o ganancia registrada en otro global acumulado no se reclasifica a la cuenta de pérdidas y ganancias, sino a una partida de reservas.
Para cada una de las anteriores carteras, el reconocimiento cambiaría si dichos instrumentos forman parte de una relación de cobertura (véase apartado 2.3).
El tipo de interés efectivo es la tasa que descuenta los pagos o cobros de efectivo futuros estimados durante la vida esperada del activo financiero o pasivo financiero con respecto al valor en libros bruto de un activo financiero o al coste amortizado de un pasivo financiero. Para calcular la tasa de interés efectiva, el Grupo estima los flujos de efectivo esperados teniendo en cuenta todos los términos contractuales del instrumento financiero, pero sin tener en cuenta las pérdidas crediticias esperadas. El cálculo incluye todas las comisiones y puntos básicos de interés, pagados o recibidos por las partes del contrato, que integren la tasa de interés efectiva, los costes de transacción y cualquier otra prima o descuento. En aquellos casos en que los flujos de efectivo o la vida restante de un instrumento financiero no pueden ser estimados con fiabilidad (por ejemplo, pagos anticipados), el Grupo utiliza los flujos de efectivo contractuales a lo largo del periodo contractual completo del instrumento financiero.
En el caso particular de la tercera serie de las Operaciones de Financiación a largo-plazo con objetivo (conocida como ‘TLTRO III’ – véase Nota 3.3.3), el Grupo considera que cada una de las operaciones se encuentra bajo el alcance de la NIIF 9 Instrumentos Financieros dado que se trata de operaciones cuyo tipo de interés no está significativamente por debajo del mercado. Para ello el Grupo considera en su reconocimiento inicial si los términos de cada operación en relación con los precios de mercado para otros préstamos con garantías similares disponibles para el Grupo y las tasas de bonos y otros instrumentos del mercado monetario relevantes se aproximan a términos de mercado o están significativamente fuera de mercado.
Para la TLTRO III, el tipo de interés efectivo determinado en el ejercicio 2020 se calcula para cada operación de esta serie y refleja la estimación del Grupo en el reconocimiento inicial respecto el monto de interés final a cobrar a su vencimiento específico, tomando en consideración hipótesis específicas de cumplimiento de volúmenes elegibles. Esto supone periodificar por tramos el tipo de interés de cada una de las operaciones de la TLTRO III. Si hubiera un cambio posterior en esta estimación que surja de un cambio en la expectativa del Grupo en cuanto al cumplimiento de los umbrales de desempeño crediticio, esto se reflejaría como un recálculo del coste amortizado de la operación (por aplicación del párrafo B5.4.6 de NIIF 9).
Únicamente si el Grupo decidiera cambiar su modelo de negocio para la gestión de activos financieros, reclasificaría todos los activos financieros afectados según los requerimientos dispuestos en la NIIF 9. Dicha reclasificación se realizaría de forma prospectiva desde la fecha de la reclasificación. De acuerdo con el enfoque de NIIF 9, con carácter general los cambios en el modelo de negocio ocurren con muy poca frecuencia. Los pasivos financieros no pueden reclasificarse entre carteras.
2.3
El Grupo utiliza derivados financieros como herramienta de gestión de los riesgos financieros, principalmente el riesgo estructural de tipo de interés (véase Nota 3). Cuando estas operaciones cumplen determinados requisitos, se consideran como «de cobertura».
Cuando se designa una operación como de cobertura, se hace desde el momento inicial de la operación o de los instrumentos incluidos en la citada cobertura, y se documenta una nota técnica de la operación conforme a la normativa vigente. En la documentación de las operaciones de cobertura se identifica claramente el instrumento o instrumentos cubiertos y el instrumento o instrumentos de cobertura, además de la naturaleza del riesgo que se pretende cubrir, y la forma en que el Grupo evalúa si la relación de cobertura cumple los requisitos de eficacia de la cobertura (junto con su análisis de las causas de ineficacia de la cobertura y el modo de determinar la ratio de cobertura).
Con la finalidad de verificar el requisito de eficacia:
Debe existir una relación económica entre la partida cubierta y el instrumento de cobertura,
El riesgo de crédito de la contraparte de la partida cubierta o del instrumento de cobertura no debe ejercer un efecto dominante sobre los cambios de valor resultantes de esa relación económica, y
Se debe cumplir la ratio de cobertura de la relación de cobertura contable, entendida como la cantidad de partida cubierta entre la cantidad de instrumento de cobertura, debe ser la misma que la ratio de cobertura que se emplee a efectos de gestión.
Las coberturas de valor razonable cubren la exposición a la variación en el valor razonable de activos y pasivos financieros o de compromisos en firme no reconocidos todavía, o de una porción identificada de los mencionados activos, pasivos o compromisos en firme, atribuible a un riesgo en particular y siempre que afecten a la cuenta de pérdidas y ganancias.
En las coberturas de valor razonable, las diferencias de valor producidas tanto en los elementos de cobertura como en los elementos cubiertos, por la parte correspondiente al tipo de riesgo cubierto, se reconocen de manera asimétrica en función de si el elemento cubierto es un instrumento de deuda o un instrumento de patrimonio:
Instrumentos de deuda: las diferencias de valor producidas tanto en los elementos de cobertura como en los elementos cubiertos, por la parte correspondiente al tipo de riesgo cubierto, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias, en el apartado «Ganancias o pérdidas resultantes de la contabilidad de coberturas (neto)». Con carácter particular, en las macrocoberturas de valor razonable, las diferencias de valoración de los elementos cubiertos, tienen su contrapartida en los capítulos «Activo – Cambios del valor razonable de los elementos cubiertos de una cartera con cobertura del riesgo de tipo de interés» o «Pasivo – Cambios del valor razonable de los elementos cubiertos de una cartera con cobertura del riesgo de tipo de interés» del balance, en función de la naturaleza del elemento cubierto, en lugar de registrarse en los epígrafes donde figuran registrados los elementos cubiertos.
Instrumentos de patrimonio: las diferencias de valor producidas tanto en los elementos de cobertura como en los elementos cubiertos, por la parte correspondiente al tipo de riesgo cubierto, se reconocen en el apartado «Otro resultado global acumulado – Elementos que no pueden reclasificarse en resultados – Ineficacia de la cobertura de coberturas de valor razonable para instrumentos de patrimonio medidos a valor razonable con cambios en otro resultado global» del balance.
Cuando los derivados de cobertura dejan de cumplir los requisitos para serlo se reclasifican como derivados de negociación. El importe de los ajustes previamente registrados al elemento cubierto se imputa de la siguiente manera:
Instrumentos de deuda: se imputan al epígrafe «Ganancias o pérdidas resultantes de la contabilidad de coberturas (neto)» de la cuenta de pérdidas y ganancias utilizando el método del tipo de interés efectivo resultante a la fecha de interrupción de la cobertura.
Instrumentos de patrimonio: se reclasifican a reservas desde el epígrafe «Otro resultado global acumulado – Elementos que no pueden reclasificarse en resultados – Ineficacia de la cobertura de coberturas de valor razonable para instrumentos de patrimonio medidos a valor razonable con cambios en otro resultado global» del balance.
Las coberturas de flujos de efectivo cubren la variación de los flujos de efectivo que se atribuyen a un riesgo particular asociado a un activo o pasivo financiero o una transacción prevista altamente probable, siempre que pueda afectar a la cuenta de pérdidas y ganancias.
El importe de los ajustes sobre el elemento de cobertura se registra en el capítulo «Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Derivados de cobertura. Reservas de cobertura de flujos de efectivo [parte eficaz]» donde se mantendrán hasta que la transacción cubierta se produzca, momento en el que se registrará en el capítulo «Ganancias o pérdidas resultantes de la contabilidad de coberturas (neto)» de la cuenta de pérdidas y ganancias de forma simétrica a los flujos de efectivo cubiertos, salvo que se prevea que no se va a realizar la transacción en cuyo caso se registrará inmediatamente. Los elementos cubiertos se registran de acuerdo con los criterios explicados en la Nota 2.2, sin ninguna modificación por el hecho de ser considerados instrumentos cubiertos.
2.4
Los activos y pasivos financieros se compensan, y en consecuencia se presentan en el balance por su importe neto, sólo cuando se tenga el derecho, legalmente exigible, de compensar los importes de los mencionados instrumentos y la intención de liquidar la cantidad neta, o de realizar el activo y proceder al pago del pasivo de forma simultánea, tomando en consideración lo siguiente:
El derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos no debe depender de un evento futuro y debe ser legalmente ejecutable en todas las circunstancias, incluyendo casos de impago o insolvencia de cualquiera de las partes.
Se admiten como equivalentes a “liquidaciones por el importe neto” aquellas liquidaciones en que se cumpla con las siguientes condiciones: se elimine práctica totalidad del riesgo de crédito y de liquidez; y la liquidación del activo y del pasivo se realice en un único proceso de liquidación.
A continuación se presenta el detalle de las operaciones compensadas:
31/12/2020 | 31/12/2019 | 31/12/2018 | ||||||||||
IMPORTE BRUTO RECONOCIDO (A) | IMPORTE COMPENSADO (B) | IMPORTE NETO EN BALANCE | IMPORTE BRUTO RECONOCIDO (A) | IMPORTE COMPENSADO (B) | IMPORTE NETO EN BALANCE | IMPORTE BRUTO RECONOCIDO (A) | IMPORTE COMPENSADO (B) | IMPORTE NETO EN BALANCE | ||||
(C=A-B) | (C=A-B) | (C=B-A) | ||||||||||
ACTIVO | ||||||||||||
AF mantenidos para negociar - derivados | 10.323 | 5.022 | 5.301 | 10.382 | 4.188 | 6.194 | 8.707 | 8.707 | ||||
AF a coste amortizado - Préstamos y anticipos | 248.137 | 5.298 | 242.839 | 231.247 | 3.934 | 227.313 | 226.944 | 1.422 | 225.522 | |||
Del que: Colaterales | 2.779 | 2.779 | 2.372 | 2.372 | ||||||||
Del que: Adquisición temporal de activos * | 2.045 | 2.045 | 990 | 990 | 1.012 | 1.012 | ||||||
Del que: Operativa de tax lease | 474 | 474 | 572 | 572 | 410 | 410 | ||||||
Derivados - contabilidad de coberturas | 2.382 | 1.867 | 515 | 2.133 | 2.133 | 2.056 | 2.056 | |||||
PASIVO | ||||||||||||
PF mantenidos para negociar - Derivados | 9.374 | 9.223 | 151 | 9.882 | 8.015 | 1.867 | 8.616 | 8.616 | ||||
PF a coste amortizado | 345.074 | 2.671 | 342.403 | 284.082 | 107 | 283.975 | 283.882 | 1.422 | 282.460 | |||
Del que: Otros pasivos financieros | 152 | 152 | (1.455) | 1.455 | ||||||||
Del que: Cesión temporal de activos | 2.045 | 2.045 | 990 | 990 | 2.595 | 1.012 | 1.583 | |||||
Del que: Operativa de tax lease | 474 | 474 | 572 | 572 | 410 | 410 | ||||||
Derivados - contabilidad de coberturas | 574 | 337 | 237 | 515 | 515 | 793 | 793 | |||||
AF: Activos financieros; PF: Pasivos financieros.
(*) Operaciones de intercambio de colaterales materializadas mediante repos, no permitiéndose la cancelación separada. Se formalizan, con carácter general, a 12 meses.
2.5
Un activo financiero se da total o parcialmente de baja en el balance cuando expiran los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero o cuando se transfieren a un tercero separado de la entidad.
El tratamiento contable a aplicar a las transferencias de activos está condicionado por el grado y la forma en que se traspasan a terceros los riesgos y beneficios asociados a la propiedad de los activos que se transfieren:
Si se transfieren de manera sustancial a terceros los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo financiero (en caso de, entre otros, ventas incondicionales, ventas con pacto de recompra por su valor razonable en la fecha de recompra, ventas de activos financieros con una opción de compra adquirida o de venta emitida profundamente fuera de dinero y en las titulizaciones de activos en las que el cedente no retiene financiaciones subordinadas ni concede ningún tipo de mejora crediticia a los nuevos titulares), éste se da de baja del balance, reconociéndose simultáneamente cualquier derecho u obligación retenido o surgido como consecuencia de la transferencia.
Si se retienen sustancialmente los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo financiero transferido (en caso de, entre otros, ventas de activos financieros con pacto de recompra por un precio fijo o por el precio de venta más la rentabilidad habitual de un prestamista, contratos de préstamo de valores en los que el prestatario tiene la obligación de devolver los mismos o similares) no se da de baja del balance y se continúa valorando con los mismos criterios utilizados antes de la transferencia y se reconoce contablemente:
Un pasivo financiero asociado por un importe igual al de la contraprestación recibida, que se valora posteriormente a su coste amortizado, salvo que cumpla los requisitos para clasificarse como otros pasivos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.
Los ingresos del activo financiero transferido, pero no dado de baja, y los gastos del nuevo pasivo financiero, sin compensar
Si ni se transfieren ni se retienen sustancialmente los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo financiero transferido (en caso de, entre otros, ventas de activos financieros con opción de compra adquirida o de venta emitida no profundamente dentro ni fuera de dinero, titulizaciones en las que el cedente asume financiación subordinada u otro tipo de mejoras crediticias por una parte del activo transferido), se distingue entre:
Si la entidad cedente no retiene el control del activo financiero transferido se da de baja del balance y se reconoce cualquier derecho u obligación retenido o surgido como consecuencia de la transferencia.
Si la entidad cedente retiene el control del activo financiero transferido continúa reconociéndolo en el balance por un importe igual a su exposición a los cambios de valor que pueda experimentar y reconoce un pasivo asociado al activo financiero transferido. El importe neto del activo transferido y el pasivo asociado será el coste amortizado de los derechos y obligaciones retenidos, si el activo se mide por el coste amortizado, o el valor razonable de los derechos y obligaciones retenidos, si el activo transferido se mide por su valor razonable.
De acuerdo con los términos de los contratos de cesión, la práctica totalidad de la cartera de inversiones crediticias titulizada por el Grupo no cumple los requisitos para darla de baja del balance.
Del mismo modo, los pasivos financieros se darán de baja del balance cuando se hayan pagado, cancelado o expirado las obligaciones derivadas del contrato.
2.6
Se consideran garantías financieras los contratos por los que se exige al emisor la realización de pagos específicos para reembolsar al acreedor por la deuda incurrida cuando un deudor específico incumple sus obligaciones de pago contractuales, independientemente de la forma en que esté instrumentada la obligación, ya sea una fianza (incluyendo aquellas para la participación en subastas y concursos), avales financieros y técnicos, promesas de aval formalizadas irrevocables, contratos de seguro o derivados de crédito.
Los avales financieros son todo tipo de avales que garantizan, directa o indirectamente, instrumentos de deuda, como préstamos, créditos, operaciones de arrendamiento financiero y aplazamiento en el pago de todo tipo de deudas.
Todas estas operaciones se registran en la pro-memoria del balance en cuentas de orden en la categoría de «Garantías concedidas».
En el momento de su registro inicial, el Grupo contabiliza las garantías financieras prestadas en el pasivo del balance por su valor razonable, el cual, con carácter general, equivale al valor actual de las comisiones y rendimientos a percibir por dichos contratos a lo largo de su duración, teniendo como contrapartida, el importe de las comisiones y rendimientos asimilados cobrados en el inicio de las operaciones y un crédito en el activo del balance por el valor actual de las comisiones y rendimientos pendientes de cobro.
Las carteras de garantías financieras y contratos de garantía, cualquiera que sea su titular, instrumentación u otras circunstancias, se analizan periódicamente para determinar el riesgo de crédito al que se encuentran expuestas y, si corresponde, estimar el importe de las provisiones a constituir. En este proceso se aplican criterios similares a los establecidos para cuantificar las pérdidas por deterioro de instrumentos de deuda valorados a su coste amortizado, que se comentan en la Nota 23 siguiente, excepto en el caso de los avales técnicos a los cuales se les aplican los criterios contenidos en la Nota 2.20.
Las provisiones constituidas para estos contratos figuran registradas en el epígrafe «Provisiones –Compromisos y garantías concedidos» del pasivo del balance, y en «Provisiones – Restantes provisiones»; en este último epígrafe en el caso de que las garantías financieras concedidas sean calificadas como operaciones fallidas pendientes de ejecutar por terceros. Las dotaciones y reversiones de las provisiones se registran en el capítulo «Provisiones o reversión de provisiones» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
En caso que sea necesario constituir una provisión específica por contratos de garantía financiera, las comisiones atribuibles pendientes de devengo se reclasifican desde el epígrafe «Pasivos financieros a coste amortizado – Otros pasivos financieros» al epígrafe «Provisiones - Compromisos y garantías concedidos».
El Grupo no ha recibido garantías significativas sobre las que se esté autorizado a vender o pignorar sin que se haya producido un impago por parte del propietario de la garantía excepto por las propias de la actividad de tesorería (véase Nota 3.12.).
2.7
El Grupo aplica los requisitos sobre deterioro del valor a los instrumentos de deuda que se valoran a coste amortizado y a valor razonable con cambios en otro resultado global, así como a otras exposiciones que comportan riesgo de crédito como compromisos de préstamo concedidos, garantías financieras concedidas y otros compromisos concedidos.
El objetivo de los requerimientos del marco normativo contable sobre deterioro de valor es que se reconozcan las pérdidas crediticias esperadas de las operaciones, evaluadas sobre una base colectiva o individual, considerando toda la información razonable y fundamentada disponible, incluyendo la de carácter prospectivo.
Las pérdidas por deterioro del período en los instrumentos de deuda se reconocen como un gasto en el epígrafe «Deterioro del valor o reversión del deterioro de activos financieros no valorados a valor razonable con cambios en resultados y pérdidas o ganancias netas por modificación» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Las pérdidas por deterioro en los instrumentos de deuda a coste amortizado se reconocen contra una cuenta correctora de provisiones que reduce el importe en libros del activo, mientras que las de aquellos a valor razonable con cambios en otro resultado global se reconocen contra otro resultado global acumulado.
Las coberturas por pérdidas por deterioro en las exposiciones que comportan riesgo de crédito distintas de los instrumentos de deuda se registran como una provisión en el epígrafe «Provisiones – Compromisos y garantías concedidos» del pasivo del balance. Las dotaciones y reversiones de dichas coberturas se registran con cargo al epígrafe «Provisiones o reversión de provisiones» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
A los efectos del registro de la cobertura por pérdidas por deterioro de los instrumentos de deuda, deben tenerse previamente en cuenta las siguientes definiciones:
A
Pérdidas crediticias: corresponden a la diferencia entre todos los flujos de efectivo contractuales adeudados al Grupo de acuerdo con el contrato del activo financiero y todos los flujos de efectivo que este espera recibir (es decir, la totalidad de la insuficiencia de flujos de efectivo), descontada al tipo de interés efectivo original o, para los activos financieros comprados u originados con deterioro crediticio, al tipo de interés efectivo ajustado por la calidad crediticia, o el tipo de interés a la fecha a que se refieren los estados financieros cuando sea variable.
En el caso de los compromisos de préstamo concedidos, se comparan los flujos de efectivo contractuales que se deberían al Grupo en el caso de la disposición del compromiso de préstamo y los flujos de efectivo que este espera recibir si se dispone del compromiso. En el caso de garantías financieras concedidas, se considerarán los pagos que el Grupo espera realizar menos los flujos de efectivo que este espera recibir del titular garantizado.
El Grupo estima los flujos de efectivo de la operación durante su vida esperada teniendo en cuenta todos los términos y condiciones contractuales de la operación (como opciones de amortización anticipada, de ampliación, de rescate y otras similares). En los casos excepcionales en que no sea posible estimar la vida esperada de forma fiable, se utiliza el plazo contractual remanente de la operación, incluyendo opciones de ampliación.
Entre los flujos de efectivo que se tienen en cuenta se incluyen los procedentes de la venta de garantías reales recibidas, teniendo en cuenta los flujos que se obtendrían de su venta, menos el importe de los costes necesarios para su obtención, mantenimiento y posterior venta, u otras mejoras crediticias que formen parte integrante de las condiciones contractuales, como las garantías financieras recibidas. Asimismo, la Entidad también tiene en cuenta al medir las pérdidas esperadas los posibles ingresos derivados de escenarios previstos de la venta de instrumentos financieros.
En aquellos casos en que la estrategia en vigor del Grupo para la reducción de los activos problemáticos prevea escenarios de venta de préstamos y otras cuentas a cobrar que han experimentado un incremento en su riesgo de crédito (exposición clasificada en Stage 3), el Grupo mantiene cualquier activo afectado por dicha estrategia bajo el modelo de negocio de mantener los activos para percibir sus flujos de caja contractuales, por lo que se valoran y clasifican dentro de la cartera de «Activos financieros a coste amortizado» siempre que sus flujos sean solamente pagos de principal e intereses. Asimismo, mientras permanezca la voluntad de venta, la correspondiente provisión por riesgo de crédito toma en consideración el precio a recibir de un tercero.
B
Pérdidas crediticias esperadas: son la media ponderada de las pérdidas crediticias, utilizando como ponderaciones los riesgos respectivos de que ocurran eventos de incumplimiento. Se tendrá en cuenta la siguiente distinción:
El importe de las coberturas por pérdidas por deterioro se calcula en función de si se ha producido o no un incremento significativo del riesgo de crédito desde el reconocimiento inicial de la operación, y de si se ha producido o no un evento de incumplimiento:
Deterioro observado del riesgo de crédito desde su reconocimiento inicial |
||||
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Categoría de riesgo de crédito |
Riesgo normal Stage 1 |
Riesgo normal en vigencia especial Stage 2 |
Riesgo dudoso Stage 3 |
Riesgo fallido |
Criterios de clasificación y de traspaso |
Operaciones para las que su riesgo de crédito no ha aumentado significativamente desde sureconocimiento inicial. |
Operaciones para las que el riesgo de crédito ha aumentado de manera significativa (SICR) pero no presentan eventos de incumplimiento. |
Operaciones deterioro o crediticio. |
Operaciones para las que no se tengan expectativas razonables de recuperación. |
Evento de incumplimiento: cuando existen importes vencidos con más de 90 días de antigüedad. |
||||
Cálculo de la cobertura de deterioro |
Pérdidas crediticias esperadas en doce meses. |
Pérdidas crediticias esperadas en la vida de la operación. |
Reconocimiento en resultados de pérdidas por el importe en libros de la operación y baja total del activo. |
|
Cálculo y reconocimiento de intereses |
Se calculan aplicando el tipo de interés efectivo al importe en libros bruto de la operación. |
Se calculan aplicando el tipo de interés efectivo al coste amortizado (ajustado por las correcciones de valor por deterioro). |
No se reconocen en la cuenta de resultados. |
|
Operaciones incluidas |
Reconocimiento inicial de los instrumentos financieros. |
Operaciones incluidas en un acuerdo de sostenibilidad que no han completado el periodo de prueba. |
Dudoso por razones de morosidad: operaciones con importes vencidos de antigüedad mayor a 90 días. Operaciones en las que todos sus titulares son arrastradores (criterio de riesgo persona). |
Operaciones de remota recuperación. |
Operaciones de acreditados en concurso de acreedores en las que no proceda su clasificación como riesgos dudosos o fallidos. |
Bajas parciales de operaciones sin que se produzca la extinción de los derechos (fallidos parciales). |
|||
Operaciones refinanciadas o reestructuradas que no proceda clasificar como dudosas y están aún en periodo de prueba. |
Dudoso por razones distintas de morosidad:
|
Operaciones dudosas por razón de morosidad cuando tengan una antigüedad en la categoría superior a 4 años cuando el importe no cubierto con garantías eficaces se haya mantenido con una cobertura por riesgo de crédito del 100% durante más de 2 años (excepto cuando haya garantías reales eficaces que cubran al menos el 10% del importe bruto). |
||
Operaciones con importes vencidos con más de 30 días de antigüedad |
||||
Operaciones que mediante indicadores triggers de mercado se pueda determinar que se ha producido un incremento significativo de riesgo. |
Operaciones con todos los titulares declarados en concurso de acreedores en fase de liquidación (salvo que cuenten con garantías reales eficaces que cubran al menos el 10% del importe bruto). |
El Grupo clasifica como fallidos a los instrumentos de deuda, vencidos o no, para los que después de un análisis individualizado se considera remota su recuperación y se procede a darlos de baja del activo, sin perjuicio de las actuaciones que se puedan llevar a cabo para intentar conseguir su cobro hasta que no se hayan extinguido definitivamente sus derechos, sea por prescripción, condonación u otras causas.
Se incluyen en esta categoría i) las operaciones dudosas por razón de morosidad con una antigüedad superior a 4 años o, antes de alcanzar esta antigüedad, cuando el importe no cubierto con garantías eficaces se haya mantenido con una cobertura del 100% durante más de 2 años, así como ii) operaciones de titulares declarados en concurso de acreedores para los que conste que se haya declarado o se vaya a declarar la fase de liquidación. En ambos supuestos no se consideran fallidos si cuentan con garantías reales eficaces que cubren al menos el 10% del importe en libros bruto de la operación.
No obstante lo anterior, para clasificar en esta categoría operaciones antes de que transcurran los plazos indicados, será necesario que el Grupo pruebe el carácter de remota recuperabilidad de estas operaciones.
En base a la experiencia de recobros por parte del Grupo, se considera remota la recuperación del remanente de las operaciones hipotecarías cuando no existen garantías adicionales una vez se ha recuperado el bien, y por tanto, dicho remanente, se clasifica como fallido.
Cuando los flujos de efectivo contractuales de un activo financiero se modifican o el activo financiero se intercambia por otro, y la modificación o intercambio no da lugar a su baja del balance, el Grupo recalcula el importe en libros bruto del activo financiero, considerando los flujos modificados y el tipo de interés efectivo aplicable antes de la modificación, y reconoce cualquier diferencia que surja como una pérdida o ganancia por modificación en el resultado del período. El importe de los costes de transacción directamente atribuibles incrementa el importe en libros del activo financiero modificado y se amortizarán durante su vida remanente, lo que obligará a la entidad a recalcular el tipo de interés efectivo.
Con independencia de su clasificación posterior, en el caso de que una operación se comprara u originara con deterioro crediticio, su cobertura sería igual al importe acumulado de los cambios en las pérdidas crediticias posteriores al reconocimiento inicial y los ingresos por intereses de estos activos se calcularían aplicando el tipo de interés efectivo ajustado por calidad crediticia al coste amortizado del instrumento.
2.8
De acuerdo con lo establecido por la normativa, estas operaciones corresponden a aquellas en las que el cliente ha presentado, o se prevé que pueda presentar, dificultades financieras para atender sus obligaciones de pago en los términos contractuales vigentes y, por dicho motivo, se ha procedido a modificar, cancelar y/o incluso formalizar una nueva operación.
Estas operaciones se podrán materializar a través de:
La concesión de una nueva operación (operación de refinanciación) con la que se cancelan total o parcialmente otras operaciones (operaciones refinanciadas) que fueron previamente concedidas por cualquier empresa del Grupo al mismo titular u otras empresas de su grupo económico pasando a estar al corriente de pagos los riesgos previamente vencidos.
La modificación de las condiciones contractuales de operación existente (operaciones reestructuradas) de forma que varíe su cuadro de amortización (carencias, aumento del plazo, rebaja del tipo de interés, modificación del cuadro de amortización, aplazamiento de todo o parte del capital al vencimiento, etc.).
La activación de cláusulas contractuales pactadas en origen que dilaten el reembolso de la deuda (carencia flexible).
La cancelación parcial de la deuda sin que haya aporte de fondos del cliente (adjudicación, compra o dación de las garantías, o condonación de capital, intereses, comisiones o cualquier otro gasto derivado del crédito otorgado al cliente).
La existencia de impagos previos es un indicio de dificultades financieras. Se presume, salvo prueba en contrario, que existe una reestructuración o refinanciación cuando la modificación de las condiciones contractuales afecte a operaciones que han estado vencidas durante más de 30 días al menos una vez en los tres meses anteriores a su modificación. No obstante, no es condición necesaria la existencia de impagos previos para que una operación se considere de refinanciación o reestructurada.
La cancelación de operaciones, modificación de condiciones contractuales o activación de cláusulas que dilaten el reembolso ante la imposibilidad de hacer frente a vencimientos futuros constituye también una refinanciación/reestructuración.
Frente a las anteriores, las renovaciones y renegociaciones se conceden sin que el prestatario tenga, o se prevea que pueda tener en el futuro, dificultades financieras; es decir, se formalizan por motivos comerciales y no con el fin de facilitar el pago en la concesión de la operación.
Para que una operación pueda considerarse como tal, los titulares deben tener capacidad para obtener en el mercado, en la fecha, operaciones por un importe y con unas condiciones financieras análogas a las que le aplique la entidad. Estas condiciones, a su vez, deben estar ajustadas a las que se concedan en esa fecha a titulares con similar perfil de riesgo.
Como norma general, las operaciones refinanciadas o reestructuradas y las nuevas operaciones realizadas para su refinanciación se clasifican en la categoría de riesgo normal en vigilancia especial. Sin embargo, atendiendo a las características concretas de la operación se clasifican en riesgo dudoso cuando cumplen con los criterios generales para clasificar como tales a los instrumentos de deuda y en particular i) operaciones sustentadas en un plan de negocio inadecuado, ii) operaciones que incluyan cláusulas contractuales que dilaten el reembolso como periodos de carencia superiores a 24 meses, iii) operaciones que presenten importes dados de baja del balance por estimarse irrecuperables que superen las coberturas que resultasen de aplicar los porcentajes establecidos para riesgo normal en vigilancia especial y iv) cuando las medidas pertinentes de reestructuración o refinanciación puedan resultar en una reducción de la obligación financiera superior al 1 % del valor actual neto de los flujos de efectivo esperados. Adicionalmente, se han ajustado los criterios de salida de dudoso, de manera que las operaciones refinanciadas no puedan migrar a stage 2 hasta que lleven 12 meses amortizando.
Las operaciones refinanciadas o reestructuradas y las nuevas operaciones realizadas para su refinanciación permanecen identificadas como en vigilancia especial durante un período de prueba hasta que se cumplan todos los siguientes requisitos:
Que se haya concluido, después de una revisión de la situación patrimonial y financiera del titular, que no es previsible que pueda tener dificultades financieras y que, por tanto, resulta altamente probable que pueda cumplir con sus obligaciones frente a la entidad en tiempo y forma.
Que haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha de formalización de la operación de reestructuración o refinanciación o, si fuese posterior, desde la fecha de reclasificación desde la categoría de riesgo dudoso.
Que el titular haya pagado las cuotas devengadas de principal e intereses desde la fecha en la que se formalizó la operación de reestructuración o refinanciación o, si fuese posterior, desde la fecha de reclasificación desde la categoría de dudoso. Adicionalmente, es necesario: i) que el titular haya satisfecho mediante pagos regulares un importe equivalente a todos los importes (principal e intereses) que se hallasen vencidos en la fecha de la operación de reestructuración o refinanciación, o que se dieron de baja como consecuencia de ella; ii) o bien, cuando resulte más adecuado atendiendo a las características de las operaciones, que se hayan verificado otros criterios objetivos que demuestren la capacidad de pago del titular.
La existencia de cláusulas contractuales que dilaten el reembolso, tales como períodos de carencia para el principal, implica que la operación permanezca identificada como riesgo normal en vigilancia especial hasta que se cumplan todos los criterios.
Que el titular no tenga ninguna otra operación con importes vencidos más de 30 días al final del período.
Cuando se cumplan todos los requisitos anteriores, las operaciones dejan de estar identificadas en los estados financieros como operaciones de refinanciación, refinanciadas o reestructuradas.
Durante el anterior período de prueba, una nueva refinanciación o reestructuración de las operaciones de refinanciación, refinanciadas, o reestructuradas, o la existencia de importes vencidos en dichas operaciones con una antigüedad superior a los 30 días, supone la reclasificación de estas operaciones a la categoría de riesgo dudoso por razones distintas de la morosidad, siempre que estuvieran clasificadas en la categoría de riesgo dudoso antes del inicio del período de prueba.
Las operaciones refinanciadas o reestructuradas y las nuevas operaciones realizadas para su refinanciación permanecen identificadas como riesgo dudoso hasta que se verifiquen los criterios generales para los instrumentos de deuda y en particular los siguientes requisitos:
Que haya transcurrido un período de un año desde la fecha de refinanciación o reestructuración.
Que el titular haya pagado las cuotas devengadas de principal e intereses (esto es, al corriente de pago) reduciendo el principal renegociado, desde la fecha en la que se formalizo la operación de reestructuración o refinanciación o, si fuese posterior desde la fecha de reclasificación de aquella a la categoría de dudoso.
Que se haya satisfecho mediante pagos regulares un importe equivalente a todos los importes, principal e intereses, que se hallasen vencidos a la fecha de la operación de reestructuración o refinanciación, o que se dieron de baja como consecuencia de ella, o bien, cuando resulte más adecuado atendiendo a las características de las operaciones, que se hayan verificado otros criterios objetivos que demuestren la capacidad de pago.
Que el titular no tenga ninguna otra operación con importes vencidos en más de 90 días en la fecha de reclasificación a la categoría de riesgo normal en vigilancia especial de la operación de refinanciación o reestructurada.
Por otra parte, en relación con el tratamiento contable de las moratorias surgidas en apoyo de la COVID-19, tanto legislativas como sectoriales, el Grupo considera que suponen un cambio cualitativo relevante que da lugar a una modificación contractual pero no a un reconocimiento del instrumento financiero afectado (véase Nota 3.4.1 Riesgo de crédito – Impacto COVID-19).
2.9
La moneda funcional y la moneda de presentación del Grupo es el euro, siendo los saldos y transacciones denominados en monedas diferentes al euro denominados en moneda extranjera.
Todas las transacciones en moneda extranjera se registran en el momento de su reconocimiento inicial aplicándoles la tasa de cambio de contado entre la moneda funcional y la moneda extranjera.
Al final de cada periodo sobre el que se informa, las partidas monetarias en moneda extranjera se convierten a euros utilizando el tipo de cambio medio del mercado de divisas de contado correspondiente a los cierres de cada ejercicio. Las partidas no monetarias valoradas a coste histórico se convierten a euros aplicando el tipo de cambio de la fecha de adquisición y las partidas no monetarias valoradas a valor razonable, se convierten al tipo de cambio de la fecha de determinación del valor razonable.
Las operaciones de compraventa de divisas a plazo contratadas y no vencidas, que no son de cobertura, se valoran a los tipos de cambio del mercado de divisas a plazo en la fecha de cierre del ejercicio.
Los tipos de cambio aplicados en la conversión de los saldos en moneda extranjera a euros son los publicados por el Banco Central Europeo (BCE) a 31 de diciembre de cada ejercicio.
Las diferencias de cambio que se producen al convertir los saldos en moneda extranjera a la moneda de presentación del Grupo se registran, como criterio general, en la cuenta de pérdidas y ganancias, en el capítulo «Diferencias de cambio (neto)». Sin embargo, las diferencias de cambio surgidas en variaciones de valor de partidas no monetarias se registran en el epígrafe del patrimonio neto «Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Diferencias de cambio» del balance, mientras que las diferencias de cambio producidas en instrumentos financieros clasificados a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias, sin diferenciarlas del resto de variaciones de su valor razonable.
Los ingresos y gastos en moneda extranjera se convierten al tipo de cambio de cierre de cada mes.
2.10
A continuación se resumen los criterios más significativos empleados en el reconocimiento de sus ingresos y gastos:
Características |
Reconocimiento |
||
---|---|---|---|
Ingresos y gastos por interes, dividendos y conceptos asimilados |
Ingresos y gastos por intereses y conceptos asimilados. |
En función de su periodo de devengo, por aplicación del método del tipo de interés efectivo y con independencia del flujo monetario o financiero que de ello se deriva según se ha descrito anteriormente. |
|
Dividendos percibidos. |
Como ingreso en el momento en que nace el derecho a percibirlos, que es el del anuncio oficial de pago de dividendos por el órgano adecuado de la sociedad. |
||
Comisiones cobradas/ pagadas * |
Comisiones crediticias Forman parte integral del rendiento o coste efectivo de una operación de financiación. Se perciben por adelantado. |
Comisiones recibidas por la creación o adquisición de operaciones de financiación que no se valoren a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias (i.e: retribuciones por actividades como la evaluación de la situación financiera del prestatario, la evaluación y registro de garantías diversas, la negociación de condiciones de operaciones, la preparación y tratamiento de documentación y cierre de la transacción). |
Se difieren y se reconocen a lo largo de la vida de la operación como ajuste al rendimiento o coste efectivo de la operación |
Comisiones pactadas como compensación por el compromiso de concesión de financiación cuando dicho compromiso no se valora al valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias y es probable que el Grupo celebre un acuerdo de préstamo específico. |
Se difieren imputándose a lo largo de la vida esperada de la financiación como un ajuste al rendimiento o coste efectivo de la operación. Si el compromiso expira sin que la entidad efectúe el préstamo, la comisión se reconoce como un ingreso en el momento de la expiración. |
||
Comisiones pagadas en la emisión de pasivos financieros valorados a coste amortizado. |
Se incluyen junto con los costes directos relacionados habidos en el importe en libros del pasivo financiero, imputándose como un ajuste al coste efectivo de la operación. |
||
Comisiones no crediticias Son aquellas derivadas de las prestaciones de servicios financieros distintos se las operaciones de financiación. |
Relacionadas con la ejecución de un servicio prestado a lo largo del tiempo (i.e.: comisiones por administración de cuentas y las comisiones percibidas por adelantado de emisión o renovación de tarjetas de crédito). |
Se registran a lo largo del tiempo, midiendo el avance hacia el cumplimiento completo de la obligación de ejecución. |
|
Relacionadas con la prestación de un servicio que se ejecuta en un momento concreto (i.e.: suscripción de valores, cambio de moneda, asesoramiento o sindicación de préstamos). |
Se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su cobro. |
||
Otros ingresos y gastos no financieros |
Otros ingresos de las actividades ordinarias: |
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(*) Excepciones: Las comisiones de los instrumentos financieros que se valoran por su valor razonable con cambio en resultados y la comisión de no disponibilidad (en las operaciones en las que la disposición de fondos es facultativa del titular del crédito) se registran inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Las comisiones devengadas derivadas de productos o servicios típicos de la actividad financiera se presentan de forma separada de aquellas derivadas de productos y servicios que no se corresponden con la actividad típica, las cuales se representan en el epígrafe de “Otros ingresos de explotación” de la cuenta de pérdidas y ganancias.
En particular el Grupo sigue las siguientes etapas:
Fase 1 |
Identificación del contrato (o contratos) con el cliente y de la obligación u obligaciones derivadas de la ejecución del contrato. |
El Grupo evalúa los bienes o servicios comprometidos e identifica como una obligación de ejecución cada compromiso de transferir al cliente:
|
|
Fase 2 |
Determinación del precio de la transacción. |
Se determina como el importe de contraprestacón a la que espera tener derecho a cambio de entregar los bienes o prestar los servicios, sin incluir importes cobrados por cuenta de terceros, como impuestos indirectos, ni considerar posibles cancelaciones, renovaciones y modificaciones del contrato. El precio de la transacción puede consistir en importes fijos, variables o ambos, pudiendo variar en función de descuentos, bonificaciones, rebajas u otros elementos similares. Asimismo, el precio será variable cuando el derecho de su cobro dependa de la ocurrencia o no de un suceso futuro. Para llegar al precio de la transacción será necesario deducir descuentos, bonificaciones o rebajas comerciales. En caso de que dicho precio incluya una contraprestación variable, el Grupo estima inicialmente el importe de la contraprestación a la que tendrá derecho, bien como un valor esperado, o bien como el importe en el escenario más probable. Dicho importe se incluye, total o parcialmente, en el precio de la transacción solo en la medida en que sea altamente probable que no se vaya a producir una reversión significativa del importe de los ingresos acumulados reconocidos por el contrato. Al final de cada periodo, el Grupo actualiza la estimación del precio de la transacción para representar fielmente las circunstacias existentes en ese momento. Para determinar el precio de la transacción, el Grupo ajusta el importe de la contraprestación para tener un cuenta el valor temporal del dinero cuando el calendario de pagos acordados proporcione al cliente o a la entidad un beneficio significativo de financiación. El tipo de descuento utilizado es el que se utilizaría en una transacción de financiación independiente entre la entidad y su cliente al comienzo del contrato. Este tipo descuento no es objeto de actualización posterior. No obstante lo anterior, el Grupo no actualiza el importe de la contraprestación si al comienzo del contrato es previsible que el vencimiento sea igual o inferior a un año. |
|
Fase 3 |
Asignación del precio de la transacción entre las obligaciones de ejecución. |
El Grupo distribuye el precio de la transacción de forma que a cada obligación de ejecución identificada en el contrato se le asigna un importe que represente contraprestación que obtendrá a cambio de transferir al ciente el bien o servicio comprometido en dicha obligación de ejecución. Esta asignación se hace sobre la base de los correspondientes precios de venta independiente de los bienes y servicios objeto de cada obligación de ejecución. La mejor evidencia de los precios de venta independientes es su precio observable, si estos bienes o servicios se venden de forma separada en circunstancias similares. El Grupo asigna a las distintas obligaciones de ejecución del contrato cualquier cambio posterior en la estimación del precio de la transacción sobre la misma base que al comienzo del contrato. |
|
Fase 4 |
Reconocimiento del ingreso a medida que la entidad cumple con sus obligaciones. |
El Grupo reconoce como ingresos el importe del precio de la transacción asignado a una obligación de ejecución, a medida que satisfaga esta obligación mediante la transferencia al cliente del bien o servicio comprometido. |
Respecto la contabilización de los costes relacionados con los contratos, los costes de obtención de un contrato son aquellos en los que incurre el Grupo para obtener un contrato con un cliente y en los que no habría incurrido si el Grupo no lo hubiera celebrado.
De acuerdo al marco contable aplicable al Grupo se proceden a activar todos aquellos costes incrementales de la obtención y/o cumplimiento de un contrato siempre que:
El Grupo imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias estos costes activados en base a la duración del contrato marco o las operaciones que dan origen a los costes y adicionalmente, al menos con una periodicidad semestral, lleva a cabo un test de deterioro para evaluar en qué medida los beneficios futuros generados por dichos contratos soportan los costes activados. En el caso en el que los costes superasen el valor actual de los beneficios futuros se procedería a deteriorar dichos activos en la proporción pertinente.
2.11
Las instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones gestionados por sociedades del Grupo no se registran en el balance del Grupo debido a que sus patrimonios son propiedad de terceros. Las comisiones devengadas en el ejercicio por esta actividad, se registran en el capítulo «Ingresos por comisiones» de la cuenta de pérdidas y ganancias, en base a la prestación del servicio que realiza la Entidad.
2.12
Recoge todas las formas de contraprestación concedida a cambio de los servicios prestados por los empleados del Grupo o por indemnizaciones por cese. Se pueden clasificar en las siguientes categorías:
Corresponde a los beneficios a los empleados, distintos de indemnizaciones por cese, que se espera liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del periodo anual sobre el que se informa originados por los servicios prestados por los empleados en dicho periodo. Incluye sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social; derechos por permisos retribuidos y ausencias retribuidas por enfermedad; participación en ganancias e incentivos y beneficios no monetarios a los empleados, tales como atenciones médicas, alojamiento, automóviles y entrega de bienes y servicios gratuitos o parcialmente subvencionados.
El coste de los servicios prestados figura registrado en el epígrafe «Gastos de administración – Gastos de personal» de la cuenta de pérdidas y ganancias, excepto parte de los gastos de personal de los Centros de Admisión de Riesgos que se presentan como menor margen financiero de las operaciones a las que están asociados y determinados incentivos al personal de la red de oficinas por la comercialización de productos, incluidos los de seguro, que se presentan también minorando el margen financiero o en el epígrafe de gastos de pasivos amparados por contratos de seguro o reaseguro.
La concesión de facilidades crediticias a los empleados por debajo de las condiciones de mercado tiene la consideración de retribución no monetaria, y se estima por la diferencia entre las condiciones de mercado y las pactadas con los empleados. Esta diferencia se registra en el epígrafe «Gastos de administración – Gastos de personal» con contrapartida en el capítulo «Ingresos por intereses» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
La entrega al personal de instrumentos de patrimonio propio como contraprestación a sus servicios, cuando dicha entrega se realiza una vez concluido un periodo específico de servicios, se reconocen como un gasto por servicios, a medida que los empleados lo presten, con contrapartida en el epígrafe de «Fondos Propios - Otros elementos de patrimonio neto».
En la fecha de concesión, estos servicios así como el correspondiente incremento del patrimonio neto, se valorarán al valor razonable de los servicios recibidos, salvo que no pueda ser estimado con fiabilidad, en cuyo caso se valoran de forma indirecta por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio comprometidos. El valor razonable de esos instrumentos de patrimonio se determinará en la fecha de concesión.
Cuando entre los requisitos previstos en el acuerdo de remuneración, se establezcan condiciones externas de mercado, su evolución se tendrá en cuenta al estimar el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, en cambio las variables que no se consideran de mercado, no se tienen en cuenta en el cálculo del valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, pero se consideran a la hora de determinar el número de instrumentos a entregar, ambos efectos se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias y en el correspondiente aumento de patrimonio neto.
En el caso de transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo, se reconocerá un gasto con contrapartida en el pasivo del balance. Hasta la fecha en que se liquide el pasivo, dicho pasivo se valorará a su valor razonable, reconociendo los cambios de valor en el resultado del ejercicio.
Como excepción a lo indicado en el párrafo anterior, las transacciones con pagos basados en acciones que comportan la característica de liquidación neta para satisfacer obligaciones de retención de impuestos se clasificará íntegramente como transacción con pagos basados en acciones liquidada mediante instrumentos de patrimonio si, en ausencia de la característica de liquidación neta, se hubiera clasificado de ese modo.
Son beneficios post-empleo todos los asumidos con el personal y que se liquidarán tras finalizar su relación laboral con el Grupo. Incluye los beneficios por retiro, como por ejemplo el pago de pensiones y los pagos únicos por retiro, y otros beneficios post-empleo como la contratación de seguros de vida y de atención médica a empleados una vez finalizada su relación laboral.
Los compromisos post-empleo mantenidos con los empleados se consideran compromisos de aportación definida cuando se realizan contribuciones de carácter predeterminado a una entidad separada o Fondo de Pensiones, sin tener obligación legal ni efectiva de realizar contribuciones adicionales si la entidad separada o el fondo no pudieran atender las retribuciones a los empleados relacionadas con los servicios prestados en el ejercicio corriente y en los anteriores. Las aportaciones efectuadas por este concepto en cada ejercicio se registran en el epígrafe «Gastos de administración – Gastos de personal» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Los compromisos post-empleo que no cumplan las condiciones anteriores son considerados como compromisos de prestación definida.
Se registra en el epígrafe «Provisiones – Pensiones y otras obligaciones de prestaciones definidas post-empleo» del balance el valor actual de los compromisos post-empleo de prestación definida, netos del valor de los activos del plan.
Se consideran activos del plan los siguientes:
Los activos mantenidos por un fondo de beneficios a largo plazo para los empleados, y
Las pólizas de seguro aptas; que son aquellas emitidas por una aseguradora que no es una parte relacionada del Grupo.
En el caso de los activos mantenidos por un fondo de beneficios, es necesario que sean activos:
Poseídos por un fondo que está separado legalmente del Grupo, y existen solamente para pagar o financiar beneficios a los empleados, o
Sólo están disponibles para pagar o financiar retribuciones post-empleo, no están disponibles para hacer frente a las deudas de los acreedores del Grupo (ni siquiera en caso de quiebra) y no pueden retornar al Grupo salvo cuando (i) los activos que quedan en el plan son suficientes para cumplir todas las obligaciones del plan o de CaixaBank relacionadas con las retribuciones post-empleo, o (ii) sirven para reembolsar las retribuciones post-empleo que el Grupo ya ha satisfecho a sus empleados.
En el caso de las pólizas de seguro, cuando los compromisos de prestación definida están asegurados mediante pólizas contratadas con entidades que no tienen la condición de parte vinculada, también cumplen las condiciones requeridas para ser activos afectos al plan.
El valor tanto de los activos mantenidos por un fondo de pensiones como de las pólizas de seguro aptas figura registrado como menor valor de las obligaciones en el capítulo «Provisiones – Pensiones y otras obligaciones de prestaciones definidas post-empleo». Cuando el valor de los activos del plan es mayor que el valor de las obligaciones, la diferencia positiva neta se registra en el capítulo «Otros Activos».
En el proceso de consolidación se incorporan los activos y pasivos de las entidades dependientes que incluyen las provisiones matemáticas de las pólizas contratadas directamente por CaixaBank, por lo que en el proceso de consolidación se minora el capítulo «Pasivos afectos al negocio asegurador» y quedan recogidas las inversiones en los instrumentos financieros que se encuentran afectas a las pólizas.
Los beneficios post-empleo se reconocen de la siguiente forma:
El coste de los servicios del período corriente, entendido como el incremento del valor actual de las obligaciones que se originan como consecuencia de los servicios prestados en el ejercicio por los empleados, se reconoce en el epígrafe «Gastos de Administración – Gastos de personal».
El coste de los servicios pasados, que tiene su origen en modificaciones introducidas en los beneficios post-empleo ya existentes o en la introducción de nuevas prestaciones, así como el coste de reducciones, se reconoce en el capítulo «Provisiones o reversión de provisiones».
Cualquier ganancia o pérdida que surja de una liquidación del plan se registra en el capítulo «Provisiones o reversión de provisiones».
Las pérdidas y ganancias actuariales generadas en el ejercicio que tienen su origen en las diferencias entre hipótesis actuariales previas y la realidad y en los cambios en las hipótesis actuariales utilizadas.
El rendimiento de los activos afectos al plan, excluyendo las cantidades incluidas en el interés neto sobre el pasivo/ (activo) por beneficios post-empleo de prestación definida.
Cualquier cambio en los efectos del límite del activo, excluyendo las cantidades incluidas en el interés neto sobre el pasivo/ (activo) por beneficios post-empleo de prestación definida.
Las otras retribuciones a largo plazo, entendidas como los compromisos asumidos con el personal prejubilado (aquél que ha cesado de prestar sus servicios pero que, sin estar legalmente jubilado, continúa con derechos económicos frente a ella hasta que pase a la situación legal de jubilado), los premios de antigüedad y otros conceptos similares se tratan contablemente, en lo aplicable, según lo establecido anteriormente para los planes post-empleo de prestación definida, con la salvedad de que las pérdidas y ganancias actuariales se reconocen en el capítulo «Provisiones o reversión de provisiones» de la cuenta de pérdidas y ganancias..
El suceso que da lugar a esta obligación es la finalización del vínculo laboral entre la Entidad y el empleado como consecuencia de una decisión de la Entidad, la creación de expectativa válida al empleado o la decisión de un empleado de aceptar beneficios por una oferta irrevocable de la Entidad a cambio de dar por finalizado el contrato laboral.
Se reconoce un pasivo y un gasto desde el momento en que la entidad no puede retirar la oferta de esos beneficios realizada a los empleados o desde el momento en que reconoce los costes por una reestructuración que suponga el pago de beneficios por terminación. Estos importes se registran como una provisión en el epígrafe «Provisiones – Otras retribuciones a los empleados a largo plazo» del balance, hasta el momento de su liquidación.
En el caso de pagos a más de 12 meses se procede a realizar el mismo tratamiento que para los otros beneficios a los empleados a largo plazo.
2.13
El gasto por Impuesto sobre Beneficios se considera un gasto del ejercicio y se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias, excepto cuando es consecuencia de una transacción cuyos resultados se registran directamente en el patrimonio neto, en cuyo caso, su correspondiente efecto fiscal también se registra en patrimonio neto.
El gasto por impuesto sobre beneficios se calcula como suma del impuesto corriente del ejercicio, que resulta de aplicar el tipo de gravamen sobre la base imponible del ejercicio, y de la variación de los activos y pasivos por impuestos diferidos reconocidos durante el ejercicio en la cuenta de pérdidas y ganancias. La cuantía resultante se minora por el importe de las deducciones que fiscalmente son admisibles.
Se registran como activos y/o pasivos por impuestos diferidos las diferencias temporarias, las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas. Estos importes se registran aplicándoles el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.
Todos los activos fiscales figuran registrados en el epígrafe «Activos por impuestos» del balance y se muestran segregados entre corrientes, por los importes a recuperar en los próximos doce meses, y diferidos, por los importes a recuperar en ejercicios posteriores.
Del mismo modo, los pasivos fiscales figuran registrados en el epígrafe «Pasivos por impuestos» del balance y también se muestran segregados entre corrientes y diferidos. Como corrientes se recoge el importe a pagar por impuestos en los próximos doce meses y como diferidos los que se prevé liquidar en ejercicios futuros.
Cabe señalar que los pasivos por impuestos diferidos surgidos por diferencias temporarias asociadas a inversiones en entidades dependientes, participaciones en negocios conjuntos o entidades asociadas, no se reconocen cuando el Grupo controla el momento de reversión de la diferencia temporaria y, además, es probable que ésta no revierta.
Por su parte, los activos por impuestos diferidos, sólo se reconocen cuando se estima probable reviertan en un futuro previsible y se dispondrán de suficientes ganancias fiscales para poder recuperarlos.
2.14
Incluye el importe de los inmuebles, terrenos, mobiliario, vehículos, equipos informáticos y otras instalaciones adquiridos en propiedad o en régimen de arrendamiento, así como los activos cedidos en arrendamiento operativo.
El inmovilizado material de uso propio está integrado por los activos que el Grupo tiene para uso actual o futuro con propósitos administrativos o para la producción o suministro de bienes y que se espera que sean utilizados durante más de un ejercicio económico.
Recoge los valores netos de los terrenos, edificios y otras construcciones, incluidos aquellos recibidos por el Banco para la liquidación, total o parcial, de activos financieros que representan derechos de cobro frente a terceros, que se mantienen para explotarlos en régimen de alquiler o para obtener de ellos una plusvalía mediante su venta.
Con carácter general, los activos tangibles se presentan al coste de adquisición, neto de la amortización acumulada y de la corrección de valor que resulta de comparar el valor neto de cada partida con su correspondiente importe recuperable.
La amortización se calcula, aplicando el método lineal, sobre el coste de adquisición de los activos menos su valor residual. Son una excepción los terrenos, que no se amortizan porque se estima que tienen una vida indefinida.
Las dotaciones en concepto de amortización de los activos tangibles se realizan con contrapartida en el capítulo «Amortización» de la cuenta de pérdidas y ganancias y, básicamente, equivalen a los siguientes porcentajes de amortización, determinados en función de los años de vida útil estimada de los distintos elementos.
VIDA ÚTIL ESTIMADA | ||
Inmuebles | ||
Construcción | 16 - 50 | |
Instalaciones | 8 - 25 | |
Mobiliario e instalaciones | 4 - 50 | |
Equipos electrónicos | 3-8 | |
Otros | 7 - 14 | |
Con motivo de cada cierre contable, el Grupo analiza si hay indicios de que el valor neto de los elementos de su activo tangibles exceda de su correspondiente importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta necesarios y su valor en uso.
Si se determina que es necesario reconocer una pérdida por deterioro se registra con cargo al epígrafe «Deterioro del valor o reversión del deterioro del valor de activos no financieros – Activos tangibles» de la cuenta de pérdidas y ganancias, reduciendo el valor en libros de los activos hasta su importe recuperable. Tras el reconocimiento de la pérdida por deterioro, se ajustan los cargos futuros en concepto de amortización en proporción al valor en libros ajustado y a su vida útil remanente.
De forma similar, cuando se constata que se ha recuperado el valor de los activos se registra la reversión de la pérdida por deterioro reconocida en períodos anteriores y se ajustan los cargos futuros en concepto de amortización. En ningún caso la reversión de la pérdida por deterioro de un activo puede suponer un incremento de su valor en libros superior al que tendría si no se hubieran reconocido pérdidas por deterioro en ejercicios anteriores.
Asimismo, una vez al año o cuando se observan indicios que así lo aconsejan, se revisa la vida útil estimada de los elementos del inmovilizado y, si es necesario, se ajustan las dotaciones en concepto de amortizaciones en la cuenta de pérdidas y ganancias de ejercicios futuros.
Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan en el capítulo «Gastos de administración – Otros gastos de administración» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Del mismo modo, los ingresos de explotación de las inversiones inmobiliarias se registran en el capítulo «Otros ingresos de explotación» de la cuenta de pérdidas y ganancias, mientras que los gastos de explotación asociados se registran en el capítulo «Otros gastos de explotación».
2.15
Tienen la consideración de activos intangibles los activos no monetarios identificables, que no tienen apariencia física y que surgen como consecuencia de una adquisición a terceros o que han sido desarrollados internamente.
El fondo de comercio representa el pago anticipado realizado por la entidad adquirente por los beneficios económicos futuros procedentes de activos que no han podido ser identificados individualmente y reconocidos por separado. Tan sólo se registra fondo de comercio cuando las combinaciones de negocio se realizan a título oneroso.
En los procesos de combinaciones de negocio, el fondo de comercio surge como diferencia positiva entre:
La contraprestación entregada más, en su caso, el valor razonable de las participaciones previas en el patrimonio del negocio adquirido y el importe de los socios externos.
El valor razonable neto de los activos identificados adquiridos menos los pasivos asumidos.
El fondo de comercio se registra en el epígrafe «Activo intangible – Fondo de comercio» y no se amortizan.
Con ocasión de cada cierre contable o cuando existan indicios de deterioro se procede a estimar si se ha producido en ellos algún deterioro que reduzca su valor recuperable por debajo de su coste neto registrado y, en caso afirmativo, se procede a su oportuno saneamiento con contrapartida en el epígrafe «Deterioro del valor o reversión del deterioro del valor de activos no financieros – Activos intangibles » de la cuenta de pérdidas y ganancias. Las pérdidas por deterioro no son objeto de reversión posterior.
Esta partida incluye el importe de los activos intangibles identificables, entre otros conceptos, activos intangibles surgidos en combinaciones de negocio y los programas informáticos.
Son de vida útil indefinida cuando, sobre la base de los análisis realizados de todos los factores relevantes, se concluye que no existe un límite previsible del período durante el cual se espera que generen flujos de efectivo netos a favor del Grupo y de vida útil definida para los casos restantes.
Los activos intangibles de vida útil indefinida no se amortizan. No obstante, con ocasión de cada cierre contable, o siempre que existan indicios de deterioro, se revisan las vidas útiles remanentes con objeto de asegurar que éstas siguen siendo indefinidas o, en caso contrario, proceder en consecuencia.
Los activos intangibles con vida útil definida se amortizan en función de la misma, aplicándose criterios similares a los adoptados para la amortización de los activos tangibles.
Las pérdidas que se produzcan en el valor registrado de estos activos, ya sean de vida útil indefinida como definida, se reconocen contablemente con contrapartida en el epígrafe «Deterioro del valor o reversión del deterioro del valor de activos no financieros – Activos intangibles» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Los criterios para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de estos activos y, en su caso, de las recuperaciones de pérdidas por deterioro registradas en ejercicios anteriores son similares a los aplicados para los activos tangibles.
El software se reconoce como activo intangible cuando, entre otros requisitos, se cumple que se tiene la capacidad para utilizarlos o venderlos y además son identificables y se puede demostrar su capacidad de generar beneficios económicos en el futuro.
Los gastos incurridos durante la fase de investigación se reconocen directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren, no pudiéndose incorporar posteriormente al valor en libros del activo intangible.
La práctica totalidad de software registrado en este capítulo del balance ha sido desarrollado por terceros y se amortiza con una vida útil entre 4 y 15 años.
2.16
Este epígrafe del balance recoge los activos no financieros que se mantienen para su venta en el curso ordinario del negocio, los activos que están en proceso de producción, construcción o desarrollo con esta finalidad o los que se prevé consumirlos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.
Las existencias se valoran por el importe menor entre su coste, incluidos los gastos de financiación, y su valor neto de realización. Por valor neto de realización se entiende el precio estimado de venta neto de los costes estimados de producción y comercialización. Los principios contables y criterios de valoración aplicados a los activos recibidos en pago de deudas, clasificados en este epígrafe, son los mismos que están recogidos en la Nota 2.17. Estos activos se clasifican, en base a la jerarquía de valor razonable, como Nivel 2.
El coste de las existencias que no sean intercambiables de forma ordinaria y el de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos específicos se determina de manera individualizada, mientras que el coste de las otras existencias se determina mayoritariamente por aplicación del método de «primera entrada primera salida» (FIFO) o del coste medio ponderado, según proceda.
Tanto las disminuciones como, si procede, las posteriores recuperaciones del valor neto de realización de las existencias se reconocen en el epígrafe «Deterioro del valor o reversión del deterioro del valor de activos no financieros – Otros» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que tienen lugar.
El valor en libros de las existencias se da de baja del balance y se registra como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias en el período en que se reconoce el ingreso procedente de la venta. El gasto se registra en el epígrafe «Otros gastos de explotación» de la cuenta de pérdidas y ganancias.
2.17
Los activos no corrientes mantenidos para la venta no se amortizan mientras permanecen en esta categoría.
Los activos registrados en este epígrafe del balance recogen el valor en libros de las partidas individuales, o integradas en un conjunto (grupo de disposición) o que forman parte de una unidad de negocio que se pretende enajenar (operaciones en interrupción), cuya venta es altamente probable que tenga lugar en las condiciones en las que tales activos se encuentran actualmente en el plazo de un año a contar desde la fecha a la que se refieren las cuentas anuales. Adicionalmente, pueden clasificarse como mantenidos para la venta aquellos activos que se espera enajenar en el plazo de un año pero el retraso viene causado por hechos y circunstancias fuera del control del Grupo, existiendo evidencias suficientes que la Sociedad se mantiene comprometida con su plan para vender. La recuperación del valor en libros de estas partidas tendrá lugar previsiblemente a través del precio que se obtenga en su enajenación.
Concretamente, los activos inmobiliarios u otros activos no corrientes recibidos para cancelar, total o parcialmente, las obligaciones de pago de deudores por operaciones crediticias se consideran «Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos que se han clasificado como mantenidos para la venta», salvo que se haya decidido hacer un uso continuado de esos activos.
El Grupo tiene centralizada la práctica totalidad de los activos inmobiliarios adquiridos o adjudicados en pago de deudas en su filial BuildingCenter, SAU, con el objetivo de optimizar su gestión.
Los activos no corrientes mantenidos para la venta se valoran inicialmente, generalmente, por el menor entre el importe en libros de los activos financieros aplicados y el valor razonable menos los costes de venta del activo a adjudicar:
Para la estimación de las coberturas de los activos financieros aplicados, se toma como importe a recuperar de la garantía el valor razonable menos los costes de venta estimados del activo adjudicado cuando la experiencia de ventas de la Sociedad refrenda su capacidad de realizar dicho activo a su valor razonable. Este importe en libros recalculado se compara con el importe en libros previo y la diferencia se reconoce como un incremento o una liberación de coberturas, según corresponda.
Para determinar el valor razonable menos los costes de venta del activo a adjudicar la Sociedad parte, como valor de referencia, del valor de mercado otorgado en tasaciones ECO individuales completas en el momento de la adjudicación o recepción. A este valor de mercado se le aplica un ajuste determinado por los modelos internos de valoración a efectos de estimar el descuento sobre el valor de referencia y los costes de venta. Estos modelos internos tienen en cuenta la experiencia de ventas de bienes similares en términos de precio y volumen.
Cuando el valor razonable menos los costes de venta sea superior al importe en libros, el Grupo reconoce la diferencia en la cuenta de pérdidas y ganancias como un ingreso por reversión del deterioro con el límite del importe del deterioro acumulado desde el reconocimiento inicial del activo adjudicado.
Posteriormente al reconocimiento inicial, el Grupo compara el importe en libros con el valor razonable menos los costes de venta registrando cualquier posible deterioro adicional en la cuenta de pérdidas y ganancias. Para ello, el Grupo actualiza la valoración de referencia que sirve para la estimación del valor razonable. De forma similar al procedimiento seguido en el reconocimiento inicial, el Grupo también aplica a la valoración de referencia un ajuste determinado por los modelos internos de valoración.
Las pérdidas por deterioro de un activo, o grupo de disposición, se reconocen en el capítulo «Ganancias o pérdidas procedentes de activos no corrientes y grupos enajenables de elementos clasificados como mantenidos para la venta no admisibles como operaciones interrumpidas (neto)» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Las ganancias de un activo no corriente mantenido para la venta por incrementos posteriores del valor razonable (menos los costes de venta) aumentan su valor en libros y se reconocen en el mismo capítulo de la cuenta de pérdidas y ganancias hasta un importe igual al de las pérdidas por deterioro anteriormente reconocidas.
2.18
A continuación se recoge la forma de identificar y contabilizar las operaciones de arrendamiento en las que el Grupo actúa como arrendador o como arrendatario:
Al inicio o cuando se modifican las condiciones del contrato
(*) El Grupo contabiliza cada componente del contrato que constituye un arrendamiento independientemente del resto de los componentes del contrato que no son de arrendamiento. En el supuesto de contratos que tuvieran un componente de arrendamiento y uno o más componentes adicionales de arrendamiento u otros que no son de arrendamiento, se distribuiría la contraprestación del contrato a cada componente del arrendamiento sobre la base de precio relativo independiente del componente del arrendamiento y del precio agregado independiente de los componentes que no son arrendamiento.
Según el fondo económico de la operación, independientemente de su forma jurídica
Arrendamientos financieros |
Arrendamientos operativos |
---|---|
Operaciones en las que, sustancialmente, todos los riesgos y las ventajas que recaen sobre el bien objeto del arrendamiento se transfieren al arrendatario. |
Operaciones en las que, sustancialmente, todos los riesgos y las ventajas que recaen sobre el bien objeto del arrendamiento, y también su propiedad, se mantienen para el arrendador. |
Se registran como una financiación prestada en el capítulo “Activos financieros a coste amortizado” del balance por la suma del valor actualizado de los cobros a recibir del arrendatario durante el plazo del arrendamiento y cualquier valor residual no garantizado que corresponda al arrendador. Incluyen tanto los cobros fijos (menos los pagos realizados al arrendatario) como los cobros variables determinados con referencia a un índice o tipo, así como el precio de ejercicio de la opción de compra, si se tiene la certeza razonable de que será ejercida por el arrendatario y las penalizaciones por rescisión por el arrendatario, si el plazo del arrendamiento refleja el ejercicio de la opción de rescindir. |
El coste de adquisición de los bienes arrendados figura registrado en el epígrafe “Activos tangibles” del balance. |
Los ingresos financieros obtenidos como arrendador se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias en el epígrafe “Ingresos por intereses”. |
Se amortizan con los mismos criterios que para el resto de activos tangibles de uso propio. Los ingresos se reconocen en el capítulo “Otros ingresos de explotación” de la cuenta de pérdidas y ganancias. |
Plazo del contrato |
Contratos de duración determinada con o sin opción de cancelación anticipada a favor de la Entidad sin permiso de la otra parte (con solo una indemnización no significativa): por lo general, el plazo de arrendamiento coincide con la duración inicial establecida. Contratos de duración determinada con opción de renovación por parte de la Entidad, sin permiso de la otra parte: se ha estimado que se ejercerá dicha opción entendiendo que existen incentivos económicos y considerando igualmente la práctica pasada de la Entidad. El plazo de determinados contratos de arrendamiento puede verse afectado como consecuencia de los posibles planes de reestructuración que acometa la Entidad. |
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En fecha de comienzo del contrato |
Posteriormente |
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Registro contable |
Contratos con un plazo superior a 12 meses o en los que el activo subyacente no sea de escaso valor (fijado en 6.000 euros) |
Pasivo por arrendamiento (”Otros pasivos financieros”) |
Se valora por el valor actual de los pagos por arrendamiento que no estén abonados en dicha fecha, utilizando como tipo de descuento el tipo de interés que el arrendatario habría de pagar para tomar prestado, con un plazo y una garantía similares, los fondos necesarios para obtener un bien de valor semejante al activo por derecho de uso en un entorno económico parecido, denominado “financiación adicional”*. |
Se valora a coste amortizado utilizando el método del tipo de interés efectivo y se reevalúa (con el correspondiente ajuste en el activo por derecho de uso relacionado) cuando hay un cambio en los pagos por arrendamiento futuros en caso de renegociación, cambios de un índice o tipo en el caso de una nueva evaluación de las opciones del contrato. |
Activo por derecho de uso (”Activos tangibles - Terrenos y edificios”) |
Se valora al coste e incluye el importe de la valoración inicial del pasivo por arrendamiento, los pagos efectuados en la fecha de comienzo o antes de esta, los costes directos iniciales, de desmantelamiento o rehabilitación cuando exista obligación de soportarlos. |
Se amortiza de manera lineal y está sujeto a cualquier pérdida por deterioro, si la hubiera, de acuerdo con el tratamiento establecido para el resto de activos tangibles e intangibles. |
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Resto de contratos |
Se contabilizan como arrendamiento operativo |
(*) El Grupo ha calculado dicho tipo de financiación adicional tomando como referencia los instrumentos de deuda emitidos -cédulas hipotecarias y deuda senior- ponderados en función de la capacidad de emisión de cada uno. El Grupo utiliza un tipo específico en función del plazo de la operación y del negocio (España o Portugal) donde se encuentren los contratos.
Cuando el Grupo actúa como vendedor-arrendatario:
Si el Grupo no retiene el control del bien:
Da de baja el activo vendido.
Valora el activo por derecho de uso que se deriva del arrendamiento posterior por un importe igual a la parte del importe en libros previo del activo arrendado que se corresponde con la proporción que representa el derecho de uso retenido sobre el valor del activo vendido.
Se reconoce un pasivo por arrendamiento.
Si el Grupo retiene el control del bien:
No da de baja el activo vendido.
Reconoce un pasivo financiero por el importe de la contraprestación recibida.
Los resultados generados en la operación se reconocen inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias si se determina que ha existido una venta (solo por el importe de la ganancia o pérdida relativa a los derechos sobre el bien transferidos), de tal manera que el comprador-arrendador adquiere el control del bien.
El Grupo tiene establecido un procedimiento para realizar un seguimiento prospectivo de la operación, prestando especial atención a la evolución en el mercado de los precios de alquiler de oficinas en comparación a las rentas fijadas contractualmente y a la situación de las activos vendidos.
2.19
Los activos contingentes surgen por sucesos inesperados o no planificados de los que nace la posibilidad de una entrada de beneficios económicos. Los activos contingentes no son objeto de reconocimiento en los estados financieros excepto que la entrada de beneficios económicos sea prácticamente cierta. Si la entrada de beneficios económicos es probable, se informa en notas sobre el correspondiente activo contingente.
Los activos contingentes son objeto de evaluación continuada con el objetivo de asegurar que su evolución se refleja adecuadamente en los estados financieros.
2.20
Las provisiones cubren obligaciones presentes en la fecha de formulación de las cuentas anuales surgidas como consecuencia de hechos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales y se considera probable su ocurrencia; son concretos con respecto a su naturaleza, pero indeterminados con respecto a su importe y/o momento de cancelación.
En las cuentas anuales se recogen todas las provisiones significativas respecto de las cuales se estima que la probabilidad de que sea necesario atender la obligación es mayor que la de no hacerlo. Las provisiones se registran en el pasivo del balance en función de las obligaciones cubiertas.
Las provisiones, que se cuantifican teniendo en consideración la mejor información disponible sobre las consecuencias del suceso en el que traen su causa y son reestimadas con ocasión de cada cierre contable, se utilizan para afrontar las obligaciones específicas para las cuales fueron originalmente reconocidas. Se procede a su reversión, total o parcial, cuando dichas obligaciones dejan de existir o disminuyen.
La política respecto a las contingencias fiscales es provisionar las actas de inspección incoadas por la Inspección de Tributos en relación a los principales impuestos que le son de aplicación, hayan sido o no recurridas, más los correspondientes intereses de demora. En cuanto a los procedimientos judiciales en curso, se provisionan aquellos cuya probabilidad de pérdida se estima que supere el 50%.
Cuando existe la obligación presente pero no es probable que haya una salida de recursos se registra como pasivos contingentes. Los pasivos contingentes pueden evolucionar de forma diferente a la inicialmente esperada, por lo que son objeto de revisión continuada con el objetivo de determinar si se ha convertido en probable dicha eventualidad de salida de recursos. Si se confirma que la salida de recursos es más probable que se produzca que no ocurra, se reconoce la correspondiente provisión en el balance.
Las provisiones se registran en el capítulo «Provisiones» del pasivo del balance en función de las obligaciones cubiertas. Los pasivos contingentes se reconocen en cuentas de orden del balance.
2.21
Las compañías aseguradoras del Grupo (VidaCaixa y BPI Vida y Pensiones) se han acogido a la exención temporal de aplicación de la NIIF 9, por lo que sus instrumentos financieros se presentan según los criterios de presentación y valoración de la NIC 39 en el epígrafe «Activos afectos al negocio asegurador» del balance adjunto (véanse Notas 1 y 17).
Los activos financieros se presentan en el balance, agrupados dentro del apartado «Activos afectos al negocio asegurador» en las diferentes categorías en las que se clasifican a efectos de su gestión y valoración, y que se describen a continuación:
Esta cartera está integrada principalmente por aquellos activos y pasivos financieros adquiridos/emitidos con la intención de realizarlos a corto plazo o que forman parte de una cartera de instrumentos financieros, identificados y gestionados conjuntamente, para la cual hay evidencia de actuaciones recientes dirigidas a obtener ganancias a corto plazo. También se consideran pasivos financieros mantenidos para negociar las posiciones cortas de valores como consecuencia de ventas de activos adquiridos temporalmente con pacto de retrocesión no opcional o de valores recibidos en préstamo. Por último, se consideran como activos o pasivos financieros mantenidos para negociar los derivados activos y pasivos que no cumplen con la definición de contrato de garantía financiera ni han sido designados como instrumentos de cobertura.
Se incluyen, en su caso, aquellos instrumentos financieros designados en su reconocimiento inicial, como por ejemplo los activos o pasivos financieros híbridos que deben valorarse íntegramente por su valor razonable o con derivados financieros para reducir la exposición a variaciones en el valor razonable, o se gestionan conjuntamente con pasivos financieros y derivados con el fin de reducir la exposición global al riesgo de tipo de interés. En general, en esta categoría se incluyen todos aquellos activos o pasivos financieros que al clasificarse en ella se eliminan o se reducen significativamente incoherencias en su reconocimiento o valoración (asimetrías contables). Los instrumentos financieros de esta categoría deberán estar sometidos, permanentemente, a un sistema de medición, gestión y control de riesgos y resultados, integrado y consistente, que permita comprobar que el riesgo se reduce efectivamente. Los activos y pasivos financieros sólo podrán incluirse en esta cartera en la fecha de su adquisición o cuando se originan.
Está integrada por los valores representativos de deuda e instrumentos de patrimonio que no se han clasificado en otras categorías.
Incluye la financiación otorgada a terceros con origen en las actividades típicas de crédito y préstamo realizadas por dichas filiales, las deudas contraídas con éstas por parte de los asegurados y por los valores representativos de deuda que no disponen de un precio cotizado en un mercado activo.
Todos los instrumentos financieros se registran inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, coincide con el precio de la transacción.
Posteriormente, en una fecha determinada, el valor razonable de un instrumento financiero corresponde al importe por el cual podría ser entregado, si se trata de un activo, o liquidado, si se trata de un pasivo, en una transacción realizada entre partes interesadas, informadas en la materia, que actuaran en condiciones de independencia mutua. La referencia más objetiva del valor razonable de un instrumento financiero es el precio que se pagaría por él en un mercado activo, transparente y profundo, por lo que se toma el precio de cotización o precio de mercado.
Cuando no exista precio de mercado, se recurre para estimar su valor razonable al precio de transacciones recientes de instrumentos análogos y, en caso de no haberlas, a modelos de valoración suficientemente contrastados y reconocidos por la comunidad financiera internacional, tomando siempre en consideración las características específicas del instrumento a valorar y, muy especialmente, los distintos tipos de riesgo asociados al mismo.
Excepto en los derivados de negociación, todas las variaciones en el valor de los instrumentos financieros por razón del devengo de intereses y conceptos asimilados se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que se produjo el devengo. Los dividendos percibidos de otras sociedades se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que nace el derecho a percibirlos.
Las variaciones en las valoraciones que se produzcan con posterioridad al registro inicial por causas distintas de las mencionadas en el párrafo anterior, se tratan como se describe a continuación, en función de los tipos de los activos y pasivos financieros:
Los instrumentos financieros incluidos en «Activos financieros mantenidos para negociar», «Activos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados», «Pasivos financieros mantenidos para negociar» y «Pasivos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados» se valoran inicialmente por su valor razonable y, posteriormente, las variaciones que se producen en el mismo se registran con contrapartida en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Por su parte, los instrumentos financieros incluidos en «Activos financieros disponibles para la venta» se valoran inicialmente por su valor razonable y, posteriormente, las variaciones que se producen en el mismo, netas de su impacto fiscal, se registran con contrapartida en los epígrafes de «Patrimonio neto. Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Activos financieros disponibles para la venta» y «Patrimonio neto. Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Conversión de divisas» del balance.
Los derivados se registran en el balance por su valor razonable. En el momento de su contratación, y salvo evidencia en contra, el precio de transacción es su valor razonable y se registran como un activo si éste es positivo o como un pasivo si es negativo. En el supuesto que en el momento de contratación su precio difiera de su valor razonable, la diferencia se registra inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias para los derivados clasificados en los niveles 1 y 2 de la jerarquía de valor razonable (véase el apartado “Valor razonable de los instrumentos financieros” de esta misma Nota).
Los cambios posteriores del valor razonable de los derivados se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias, excepto si se trata de derivados de contabilidad de cobertura de flujos de efectivo que se registran en el epígrafe «Patrimonio neto. Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Derivados de cobertura. Coberturas de flujos de efectivo» del patrimonio neto.
Los derivados implícitos en otros instrumentos financieros o en otros contratos se registran separadamente como derivados cuando sus riesgos y características no están estrechamente relacionados con los del instrumento o contrato principal, y siempre que se pueda dar un valor razonable fiable al derivado implícito considerado de forma independiente.
Los instrumentos financieros incluidos en la cartera de «Préstamos y partidas a cobrar» y «Pasivos financieros a coste amortizado» se valoran a su coste amortizado. Por coste amortizado se entiende el coste de adquisición corregido, en más o en menos según sea el caso, por los reembolsos de principal y la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso al vencimiento. Adicionalmente, el coste amortizado se minora por el importe de las correcciones de valor motivadas por el deterioro experimentado por los activos.
El tipo de interés efectivo es el tipo de actualización que iguala exactamente el valor inicial de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados por todos los conceptos hasta su vencimiento o cancelación. Para los instrumentos financieros a tipo de interés fijo, el tipo de interés efectivo coincide con el tipo de interés contractual más, en su caso, las comisiones y costes de transacción que formen parte de su rendimiento financiero. En el caso de que dicho tipo de interés fijo sea contingente,el Grupolo incorpora en la estimación del tipo de interés efectivo solo si es altamente probable la consecución del evento desencadenante. Para el cálculo del tipo de interés efectivo de los instrumentos financieros a tipo de interés variable se toma el tipo de interés variable como si fuese fijo hasta la próxima revisión del tipo de interés de referencia.
Al cierre del ejercicio, los importes de los activos financieros bajo el tratamiento de NIC 39 reclasificados en ejercicios previos no son significativos.
Un activo financiero se considera deteriorado cuando existe una evidencia objetiva de un impacto negativo en los flujos de efectivo futuros que se estimaron en el momento de formalizarse la transacción, como consecuencia de que el acreditado no puede o podrá hacer frente a sus compromisos contractuales en tiempo y forma, o cuando no pueda recuperarse íntegramente su valor en libros. La disminución del valor razonable por debajo del coste de adquisición no constituye por sí misma una evidencia de deterioro.
Como criterio general, la corrección del valor en libros de los instrumentos financieros a causa de su deterioro se efectúa con cargo al capítulo « Deterioro del valor o reversión del deterioro de activos financieros no valorados a valor razonable con cambios en resultados y pérdidas o ganancias netas por modificación» de la cuenta de pérdidas y ganancias del período en que el mencionado deterioro se manifiesta, y las recuperaciones de las pérdidas por deterioro previamente registradas, en caso de producirse, se reconocen en el mismo epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias del período en que el deterioro se elimina o se reduce.
Para el caso de los instrumentos de deuda a coste amortizado, se mantienen las categorías identificadas en el apartado 2.7, si bien el cálculo de las coberturas se basa en lo establecido en NIC 39. La cobertura calculada o provisión se define como la diferencia entre el importe en libros bruto de la operación y el valor actualizado de la estimación de los flujos de efectivo que se espera cobrar, descontados con el tipo de interés efectivo de la operación. Se tienen en cuenta las garantías eficaces recibidas. A los efectos de la estimación de las coberturas, el importe del riesgo es, para los instrumentos de deuda, el importe en libros bruto y, para las exposiciones fuera de balance, la estimación de las cuantías que se espera desembolsar.
Tanto las operaciones clasificadas sin riesgo apreciable, como aquellas operaciones que como consecuencia de la tipología de su garante sean clasificadas sin riesgo apreciable, podrán tener un porcentaje de cobertura del 0%. Este porcentaje solo se aplicará sobre el riesgo cubierto.
A continuación se describe la política contable referente al reconocimiento de pérdidas por deterioro de las categorías de instrumentos disponibles para la venta:
El valor de mercado de los instrumentos de deuda cotizados se considera una estimación razonable del valor actual de sus flujos de efectivo futuros.
Surgidas en la valoración de estos activos tienen su origen en su deterioro, dejan de presentarse en el epígrafe del patrimonio neto «Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Activos financieros disponibles para la venta» y se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias el importe considerado como deterioro acumulado hasta ese momento. En caso de recuperarse posteriormente la totalidad o parte de las pérdidas por deterioro, su importe se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias del período en que se produce la recuperación.
Cuando hay una evidencia objetiva de deterioro, como puede ser una disminución del 40% en el valor razonable o una situación de pérdida continuada a lo largo de un periodo superior a los 18 meses, las minusvalías latentes se reconocen siguiendo con los criterios de registro de las pérdidas por deterioro aplicados a los valores representativos de deuda clasificados como disponibles para la venta, excepto por el hecho de que cualquier recuperación que se produzca de las citadas pérdidas se reconoce en el epígrafe del patrimonio neto «Otro resultado global acumulado – Elementos que pueden reclasificarse en resultados – Activos financieros disponibles para la venta».
En la determinación de si existe deterioro el Grupo considera si existen factores en el entorno tecnológico, de mercado, legales o de otro tipo en el que opera la entidad evaluada que pueda indicar que el coste de la inversión puede no ser recuperable. Asimismo, también se tiene en cuenta la volatilidad que muestra cada título individualmente en su cotización, para determinar si es un porcentaje recuperable mediante su venta en el mercado. Estas consideraciones pueden llevar a la existencia de umbrales diferentes para determinados títulos o sectores a los mencionados en el párrafo anterior.
Las pérdidas por deterioro de los instrumentos de patrimonio valorados a su coste de adquisición equivalen a la diferencia positiva entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de caja futuros esperados, actualizados al tipo de rentabilidad de mercado para otros valores similares. En la estimación del deterioro de esta clase de activos se toma en consideración el patrimonio neto de la entidad participada, excepto los «resultados globales acumulados» debidos a coberturas por flujos de efectivo, determinado en función del último balance aprobado, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de valoración. Las pérdidas por deterioro se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias del período en que se manifiestan, minorando directamente el coste del instrumento.
Por su parte, el capítulo «Activos afectos al negocio asegurador - Activos amparados por contratos de seguro y reaseguro» del balance también recoge los importes que las entidades consolidadas tienen derecho a percibir con origen en los contratos de reaseguro que mantienen con terceras partes, y más concretamente, la participación del reaseguro en las provisiones técnicas constituidas por las entidades de seguros consolidadas.
El capítulo «Pasivos afectos al negocio asegurador» del balance recoge las provisiones técnicas del seguro directo y del reaseguro aceptado registradas por las entidades consolidadas para cubrir las obligaciones con origen en los contratos de seguro que mantienen vigentes al cierre del periodo. A continuación se detallan los principales componentes recogidos como provisiones técnicas:
La provisión para primas no consumidas corresponde a la fracción de las primas devengadas en el ejercicio que debe imputarse al período comprendido entre el cierre de cada ejercicio y el término del período de cobertura de la póliza.
La provisión para riesgos en curso tiene por objeto complementar la provisión de primas no consumidas en la medida en que su importe no sea suficiente para cubrir la valoración de todos los riesgos y gastos correspondientes al período de cobertura no transcurrido a la fecha de cierre.
Está integrada principalmente por las provisiones matemáticas de los contratos de seguro, así como por las primas no consumidas de los contratos de seguro con período de cobertura igual o inferior al año. Las provisiones matemáticas representan el exceso del valor actual actuarial de las obligaciones futuras de las compañías aseguradoras dependientes sobre el de las primas que debe satisfacer el tomador del seguro.
Corresponden a las provisiones técnicas de los contratos de seguros en los que el tomador asume el riesgo de la inversión.
Recoge el importe total de las obligaciones pendientes derivadas de los siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de cierre del ejercicio. El Grupo calcula esta provisión como la diferencia entre el coste total estimado o cierto de los siniestros ocurridos pendientes de declaración, liquidación o pago, incluidos los gastos externos e internos de gestión y tramitación de los expedientes, y el conjunto de los importes ya pagados por razón de tales siniestros.
Incluye el importe de los beneficios devengados a favor de los asegurados o beneficiarios todavía no asignados a la fecha de cierre. No recoge el efecto de asignar parte de las plusvalías latentes de la cartera de inversiones a favor de los tomadores de seguro.
Las provisiones técnicas vinculadas a los riesgos cedidos a entidades reaseguradoras se calculan en función de los contratos de reaseguro suscritos, siguiendo criterios análogos a los establecidos en los seguros directos.
Adicionalmente, el Grupo viene aplicando la opción contable prevista en la NIIF 4 denominada “contabilidad tácita”, por la cual se permite a la entidad aseguradora que modifique su política contable de forma que la pérdida o ganancia reconocida pero no realizada en los activos asociados a los contratos de seguros, afecte a las valoraciones de los pasivos por contratos de seguros de la misma forma que la pérdida o ganancia realizada. El ajuste correspondiente en dichos pasivos (o en los costes de adquisición diferidos o en los activos intangibles) se reconocerá en otro resultado global si, y sólo si, las ganancias o pérdidas no realizadas se reconocen en otros ingresos y gastos reconocidos.
El Grupo realiza anualmente un test de adecuación de pasivos con el objetivo de identificar cualquier déficit de provisiones y realizar la correspondiente dotación. Por el contrario, si el resultado de la evaluación del test de idoneidad de pasivos pone de manifiesto una suficiencia o exceso de provisión, el Grupo, tal y como establece la NIIF 4, adopta un criterio de prudencia. La prueba de adecuación de pasivos consiste en evaluar los pasivos por contratos de seguros a partir de las estimaciones más actuales de los flujos de efectivo futuros procedentes de sus contratos en relación con los activos afectos a su cobertura. Con este objetivo, se determina:
La diferencia entre el valor en libros de sus contratos de seguros, neto de los costos de adquisición diferidos o de cualquier activo intangible relacionado con los contratos de seguro objeto de evaluación, y el valor actual de los flujos de efectivo derivados de los contratos de seguro y de los flujos de efectivo conexos, tales como los costos de tramitación de las reclamaciones y los flujos de efectivo que procedan de opciones y garantías implícitas.
La diferencia entre el valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo proyectados de los activos financieros afectos a los contratos de seguro.
Los flujos futuros estimados derivados de los contratos de seguros y de los activos financieros afectos se descuentan a una curva de tipos de interés de activos de alta calidad crediticia (deuda soberana española). Para estimar los flujos de efectivo futuros derivados de los contratos de seguros se toma en consideración los rescates observados en la cartera de acuerdo con la media de los 3 últimos años para la Pensión 2000 y PPA, y a partir de la media observada de los últimos 5 años en el resto de productos. Adicionalmente, se realizan ejercicios de sensibilidad respecto a la curva de descuento utilizada. Este análisis de sensibilidad consiste en introducir una caída del tipo de interés de 100, 150 y 200 puntos básicos de la curva de descuento utilizada, así como un incremento de 80, 100 y 200 puntos básicos.
El Grupo no procede a separar ningún componente de depósito asociado a los contratos de seguro, siendo tal disociación de carácter voluntario para el mismo. Asimismo, se estima que el valor razonable de las opciones de rescate emitidas a favor de los tomadores de contratos de seguro tiene un valor nulo o, en caso contrario, su valoración forma parte del valor de los pasivos por contratos de seguro.
2.22
Los conceptos utilizados en la presentación de los estados de flujos de efectivo son los siguientes:
Entradas y salidas de dinero en efectivo y de sus equivalentes; es decir, las inversiones a corto plazo de gran liquidez y bajo riesgo de alteraciones en su valor.
Se utiliza el método indirecto para la presentación de los flujos de efectivo de las actividades de explotación, que refleja el flujo procedente de las actividades típicas de las entidades de crédito, así como de otras actividades que no se pueden calificar como de inversión o de financiación.
Las de adquisición, enajenación o disposición por otros medios de activos a largo plazo, como participadas e inversiones estratégicas y otras inversiones no incluidas en el efectivo y sus equivalentes.
Actividades que producen cambios en la composición del patrimonio neto y de los pasivos que no forman parte de las actividades de explotación, como los pasivos financieros subordinados. Se han considerado como actividades de financiación las emisiones colocadas en el mercado institucional, mientras que las colocadas en el mercado minorista entre nuestros clientes se han considerado como actividad de explotación.
2.23
En este estado se presentan los ingresos y gastos reconocidos como consecuencia de la actividad del Grupo durante el ejercicio, distinguiendo entre aquellos registrados como resultados en la cuenta de pérdidas y ganancias y los otros ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto.
2.24
En este estado se presentan todos los cambios habidos en el patrimonio neto del Grupo, incluidos los que tienen su origen en cambios en los criterios contables y en correcciones de errores. En el estado se presenta una conciliación del valor en libros al comienzo y al final del ejercicio de todas las partidas que forman el patrimonio neto, agrupando los movimientos en función de su naturaleza:
Particularmente, en los epígrafes de «Ganancias acumuladas» y «Otras reservas» se recoge: